Se ha recibido su último informe en el que indica que, con respecto al pago de las tasas por la legalización de los documentos escolares de D. (…..) por vía electrónica en el Consulado General de España en Lagos, la Subdirección General de Administración Financiera, unidad competente en dicha materia, actualmente no tiene ningún proyecto en marcha que contemple el pago telemático de esas tasas.
Consideraciones
1. En su primer informe manifestaba ese Departamento que las tasas consulares tienen su normativa específica en el artículo 8.1 de la Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares, de manera que solo se permite su cobro mediante dinero de curso legal y de cheque.
2. Dicho precepto difiere esencialmente con lo que dispone una norma de carácter general como la prevista en el artículo 16.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
3. Teniendo en cuenta las nuevas previsiones legislativas relativas al registro electrónico cuyos efectos se producirán a partir del día 2 de abril de 2021, según establece la disposición final séptima de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, parece necesario, sin embargo adecuarse a dicho plazo, promoviendo el desarrollo reglamentario que permita introducir sistemas garantizados de pago telemático para el pago de las tasas, conforme a las previsiones contenidas en el citado artículo 8.2 de la citada Ley 9/2011.
4. La utilización de esta vía se acomodará a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, y evitará que los contribuyentes tengan que desplazarse a los consulados para realizar el pago de las tasas consulares, posibilitando además realizar dichos actos fuera del horario normal de atención al público.
Decisión
Por lo expuesto, y de conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular a ese Departamento la siguiente:
SUGERENCIA
Dictar la correspondiente disposición normativa reglamentaria en la que se introduzcan sistemas garantizados de pago telemático de las tasas consulares, estableciendo los convenios de colaboración que se consideren necesarios con entidades bancarias.
En la seguridad de que esta Sugerencia, será objeto de atención por parte de esa Administración,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)