Protocolo de actuación municipal frente a molestias reiteradas de animales domésticos

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Ayuntamiento de Mazarrón (Murcia)

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 17013454


Texto

Se ha recibido escrito de la Policía local de ese Ayuntamiento, referido a la queja arriba indicada. Una vez estudiado su contenido, se formulan las siguientes:

Consideraciones

1. De las actuaciones municipales realizadas se desprende que la solución al problema se ha demorado mucho, ya que las primeras denuncias fueron presentadas en marzo de 2017, donde ya se informaba de la situación en la que se encontraban los animales y de las molestias por ruido procedentes de sus ladridos, habiendo la Policía local comprobado en más de una ocasión que los perros ladraban en el patio exterior de la vivienda y no llevaban bozal, sin que sus poseedores adoptasen medidas al respecto.

2. Esta institución considera que el Ayuntamiento, como responsable de la defensa y protección de los animales en ese municipio según, el artículo 35 de la Ordenanza Reguladora del uso y tenencia de animales domésticos, tendría que haber actuado con mayor celeridad, al observar que las molestias no cesaban con el paso del tiempo, ni la situación de los animales mejoraba porque persistían las denuncias. De hecho, tampoco se tiene constancia que se hayan iniciado procedimientos sancionadores por incumplimiento de los artículos 11.5 y 12.2 de la citada Ordenanza aunque existen dos denuncias de la Policía local de los días 27 de mayo y 7 de agosto de 2017.

Decisión

De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo ha decidido formular a ese Ayuntamiento las siguientes:

RECOMENDACIONES

1. Establecer un protocolo de actuación para cuando se compruebe que el poseedor de un animal doméstico no adopta de forma urgente las medidas necesarias para evitar molestias (olores o ruidos) a los vecinos, con el fin de que se actúe con mayor celeridad.

2. Realizar campañas informativas sobre las obligaciones y responsabilidades de los poseedores de animales domésticos para conseguir una mejor convivencia y procurar el bienestar de los animales, de conformidad con la Ordenanza reguladora del uso y tenencia de animales domésticos y la Ley 6/2017 de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la RECOMENDACIONES, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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