Publicación en la web de teléfono 900400004 para la prestación del servicio de atención al cliente.

RECOMENDACION:

Que se proceda a publicitar a través de la página web de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, además de los existentes, el número de teléfono 900400004 para la prestación del servicio de atención al cliente.

Fecha: 28/02/2020
Administración: Correos (Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.). Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18013783

 


Publicación en la web de teléfono 900400004 para la prestación del servicio de atención al cliente.

Se ha recibido una comunicación de la Sra. (…) en la que pone de manifiesto que por parte del Servicio de Atención al Cliente de Correos, en su página web, se publica el número de contacto telefónico 902197197.

Consideraciones

1- Se solicitó información a esa Sociedad Estatal y en la contestación recibida se indicaba que entre las vías de interlocución se encuentra el teléfono de atención al cliente 900400004 que figura, entre otros medios, en las Condiciones Generales del Servicio que se entregan al cliente cuando contrata un servicio.

2- A este respecto ha de señalarse que una de las demandas de los ciudadanos en este ámbito es la necesidad de que por parte de las empresas se habiliten números de teléfono 900, para la prestación del servicio de atención al cliente.

3- Los ciudadanos consideran que los números 901 y 902, excluidos de las tarifas planas, se han habilitado con una finalidad disuasoria a fin de evitar la realización de llamadas relativas a las incidencias surgidas en la prestación de los servicios contratados.

4- Por parte de esta institución se considera que hay que facilitar al ciudadano la presentación de sugerencias o reclamaciones ante las empresas sobre los servicios a fin de mejorar su prestación.

5- En este caso, el número teléfono 900400004 se publicita únicamente en las Condiciones Generales del Servicio que se entregan al cliente cuando contrata un servicio.

Decisión

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, procede formular la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Que se proceda a publicitar a través de la página web de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, además de los existentes, el número de teléfono 900400004 para la prestación del servicio de atención al cliente.

En espera de la remisión de la preceptiva información, en la que se ponga de manifiesto la aceptación de esta RECOMENDACIÓN o, en su caso, de las razones que se estimen para no aceptarla, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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