Texto
Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado, en el que se comunica que el expediente de la interesada se ha extraviado.
Consideraciones
1. Se constata el incumplimiento del deber de custodia del expediente de la interesada.
2. La inadecuada dotación de medios humanos y materiales para la tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia, que se prolonga desde casi diez años, según se ha venido reflejando en lo informes anuales a las Cortes de esta institución, provoca que estos no se tramiten según la fecha de presentación, resolviéndose los del año 2012 y siguientes antes que los que tuvieron entrada en 2010 y 2011.
3. Con frecuencia se extravía parte de la documentación o, como en este caso, el expediente completo.
4. Las consecuencias del funcionamiento de la Administración en estos casos las está asumiendo el ciudadano que ve muy demorado el reconocimiento y ejercicio de sus derechos.
Decisión
En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.E. la siguiente:
SUGERENCIA
Reconstruir y dar tramitación urgente y preferente al expediente de la interesada para que no acumule demoras adicionales a las que ya ha sufrido por el extravío, del que es responsable la Administración.
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de V.E., y a la espera de la respuesta,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)