Refuerzo del personal destinado a la tramitación de las solicitudes de asilo en el Puesto Fronterizo de Beni Enzar (Melilla)

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Dirección General de Política Interior. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 15008170


Texto

Tras la visita realizada por la Defensora del Pueblo y el Adjunto Primero el pasado 26 de mayo de 2015, se remitió escrito a esa Dirección General en el que se daba traslado de la necesidad de efectuar una valoración sobre la posibilidad de trasladar personal de la Oficina de Asilo y Refugio a Melilla, de manera temporal a fin de agilizar el estudio de solicitudes de protección internacional en frontera.

La respuesta de V.I. indicaba que el puesto fronterizo de Beni Enzar (Melilla) era una dependencia policial y no una Oficina de Asilo propiamente dicha, que la apertura de dicho puesto suponía una garantía adicional al sistema de asilo y un nuevo punto para formalizar demandas, pero no era posible descentralizar la OAR, dado que ésta necesitaba refuerzos de personal.

Se ha recibido nuevo escrito de V.I. de 23 de septiembre, en el que da cuenta de las previsiones de mejora de la Subdirección General de Asilo. Comunica que, a 10 de septiembre, de los 3.880 ciudadanos sirios que han pedido asilo en España, 3.552 lo han hecho en el puesto fronterizo de Beni Enzar.

La preocupación del Defensor del Pueblo por la situación de las personas que acceden a territorio español a través del citado puesto fronterizo ha motivado que se haya vuelto a girar una visita los días 28 y 29 del pasado mes de septiembre.

Adicionalmente se ha recibido un documento elaborado por el Alto Comisionado para las Naciones Unidas y los Refugiados en el que se analiza el procedimiento establecido para la formalización de las demandas de protección internacional en el puesto fronterizo y el sistema de recepción y derivación de las personas a otros centros.

Tras la evaluación de la documentación recibida se efectúan las siguientes:

Consideraciones

1. Los solicitantes, a su llegada al puesto fronterizo, son informados de que deben trasladarse al CETI y volver para la formalización de la petición días después. La actuación mencionada está motivada en que las dependencias para formalizar las demandas no están habilitadas para la pernocta de las personas que llegan.

2. El sistema expuesto genera importantes retrasos, dado que el flujo continuo de personas que solicitan asilo hace aumentar la demora. Según se ha podido conocer, en septiembre de este año ha habido días en los que se han registrado entre 50 y 60 llegadas (la mayoría, familias con niños).

3. Este procedimiento tiene efectos en el sistema de acogida al coadyuvar a que se ralentice el sistema de traslados de las personas desde el CETI a la península y conduce a una permanente sobreocupación del centro.

4. Los agentes de policía que intervienen en la formalización de las solicitudes de asilo han recibido formación específica para ello. Sin embargo, al hecho mismo de que su número es insuficiente, se añade que el sistema de turnos y otras incidencias supone que se produzcan ausencias de dichos funcionarios. La asignación de estas tareas a funcionarios de servicio no especializados ralentiza el procedimiento aún más y provoca nuevos retrasos.

Decisión

De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Dotar con personal de la Oficina de Asilo y Refugio el Puesto Fronterizo de Beni Enzar a fin de hacerse cargo directamente del procedimiento de formalización y tramitación de las solicitudes de protección internacional. Dicha adscripción se solicita con carácter temporal debido a las actuales circunstancias.

En la seguridad de que esta Recomendación será objeto de atención por parte de esa Dirección General.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.