Cumplimiento de normativa, planes y mociones referidas al control de especies invasoras.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Que al amparo de su deber de auxiliar al Defensor del Pueblo está obligado a remitir a esta institución un informe actualizado sobre el cumplimiento de la normativa, planes y mociones referidas al control y erradicación de la Cortaderia selloana en el ámbito municipal. Además, debe incluir en el informe:

– Las razones de la demora en la aplicación de las medidas aprobadas en la moción y que se detallan en nuestro escrito anterior.

– Un resumen de la evolución reciente de la citada especie invasora en el término municipal y las medidas que está previsto adoptar

Fecha: 17/04/2023
Administración: Ayuntamiento de Santander (Cantabria)
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 22023310

 


Cumplimiento de normativa, planes y mociones referidas al control de especies invasoras.

Se ha recibido escrito de ese ayuntamiento, referido a la queja arriba indicada.

Consideraciones

1. Ese ayuntamiento no responde a todas las cuestiones planteadas. Las medidas que se detallan se refieren a actuaciones finalizadas en 2017, no a las enumeradas en la moción aprobada posteriormente a la que se refiere el escrito de queja. Y las que pudieran estar en curso, no se explican. Tampoco suministra datos sobre los resultados obtenidos con dichas actuaciones y sobre cómo evoluciona el control de la especie invasora.

2. Todos los poderes públicos están obligados a auxiliar al Defensor del Pueblo en sus investigaciones. Y a estos efectos no se le puede negar ninguna información o documento relacionado con la investigación (artículos 19 y 22 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo).

Decisión

Por ello, de conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo ha resuelto dirigir ese Ayuntamiento de Santander el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Que al amparo de su deber de auxiliar al Defensor del Pueblo está obligado a remitir a esta institución un informe actualizado sobre el cumplimiento de la normativa, planes y mociones referidas al control y erradicación de la Cortaderia selloana en el ámbito municipal. Además, debe incluir en el informe:

– Las razones de la demora en la aplicación de las medidas aprobadas en la moción y que se detallan en nuestro escrito anterior.

– Un resumen de la evolución reciente de la citada especie invasora en el término municipal y las medidas que está previsto adoptar.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, que remita el citado informe, a la mayor brevedad posible.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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