Texto
Se ha recibido escrito de esa Consejería, relativo a la queja registrada con el número arriba indicado.
Consideraciones
Confirma esa Administración que don (…..) presentó solicitud de reconocimiento de la situación a la dependencia y de derecho a las prestaciones del Sistema el 19 de abril de 2016, y que, a pesar del tiempo trascurrido, aún no se le ha citado para proceder a valorarle.
Decisión
Por ello, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas por el artículo 54 de la Constitución y el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución dirige a esa Consejería el siguiente
RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL
Resolver, en tiempo y forma, los expedientes relativos a la situación de dependencia de los ciudadanos y del derecho a las prestaciones del Sistema.
Asimismo, esta institución solicita, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, la remisión de información sobre los siguientes extremos:
1. Motivos por los que no se ha aplicado todavía el correspondiente baremo a don (…..).
2. Estimación de la fecha en que se va a proceder a su valoración.
En espera de la remisión de la preceptiva información,
le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo