Resolución expresa de acuerdo con el Procedimiento Administrativo Común.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Resolver expresamente la solicitud de la interesada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha: 30/01/2023
Administración: Ayuntamiento de Peñafiel (Valladolid)
Respuesta: Recordatorio Desfavorable
Queja número: 22019193

 


Resolución expresa de acuerdo con el Procedimiento Administrativo Común.

Se ha recibido escrito de ese ayuntamiento, referido a la queja registrada en esta institución con el número arriba indicado.

En su respuesta comunica que el día 28 de Julio de 2022, esa alcaldía mantuvo una reunión con la reclamante, Dª. (…), en la que se le comunica verbalmente la imposibilidad por cuestiones administrativas, de abordar su asunto en el pleno, así como en reiteradas ocasiones telefónicamente.

Consideraciones

Esta institución considera que la respuesta de la Administración no es correcta. La interesada solicitó formalmente que el asunto se viera en pleno. Por lo que es necesaria una resolución formal, de acuerdo con la legislación de Derecho administrativo.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, procede formular a ese ayuntamiento el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES:

Resolver expresamente la solicitud de la interesada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En espera de la remisión de la preceptiva respuesta, en la que se ponga de manifiesto la aplicación del recordatorio de deberes legales al caso concreto aquí planteado,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.