Se ha recibido su escrito arriba referenciado.
Consideraciones
1. Al escrito de referencia se adjunta un informe elaborado por la Subdirectora de Coordinación Administrativa del Área de Urbanismo.
2. No obstante, hasta el momento no se ha procedido a dar contestación al escrito del interesado de fecha 15 de diciembre de 2022, motivo de la actuación de esta institución con ese ayuntamiento.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular a V.E. la siguiente:
SUGERENCIA
Que se proceda a dar contestación al escrito presentado por el interesado el día 15 de diciembre de 2022, solicitando la apertura de un expediente por infracciones al Plan General de Ordenación Urbana.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo