Comisiones de servicio Respeto los plazos legales de duración

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Universidad Nacional de Educación a Distancia

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 16016676


Texto

Se ha recibido su escrito en el que se contiene información relativa a la queja mencionada más arriba.

Consideraciones

1. En él señala que el número de plazas que se encuentran ocupadas por el Personal de Administración y Servicios de la Universidad (PAS) mediante el procedimiento de comisión de servicios es de 74 (6,71% del total de la plantilla del PAS) de las cuales 72 llevan ocupadas dos o más años mediante el citado procedimiento.

2. Dispone el artículo 64.3 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo que: “Las citadas comisiones de servicios tendrán una duración máxima de un año prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo”.

3. En consecuencia, de la información aportada por la administración se concluye que no se han respetado los plazos máximos temporales que rigen para la citada forma de provisión de puestos de trabajo.

Decisión

Sobre la base de información aportada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular las siguientes resoluciones:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Respetar los plazos máximos temporales de duración de las comisiones de servicio como forma de provisión de puestos de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.3 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

RECOMENDACIÓN

Proceder a cubrir con carácter definitivo los 72 puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad que llevan ocupados más de dos años a través del procedimiento de comisión de servicio.

A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo del Recordatorio de Deberes Legales y la Recomendación formulados,

le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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