Revisión del Plan piloto para reducir el ruido en el distrito Centro de Madrid

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Alcaldía del Ayuntamiento de Madrid

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 15004026


Texto

Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada.

Consideraciones

A juicio de esta institución, la respuesta de ese Ayuntamiento indica la preocupación por el problema, y la realización de actuaciones para su solución. Sin perjuicio de abordar el problema de forma integral a través de planes piloto, o de actualizar los instrumentos de que ya dispone ese Ayuntamiento para reducir la contaminación acústica, es necesaria una actuación concreta respecto de los locales generadores de ruido. El hecho de que se instruyan expedientes sancionadores no es suficiente para acabar con las molestias, si los titulares de las actividades persisten en el incumplimiento de la legalidad vigente.

Respecto del Plan Piloto del distrito de Centro, las previsiones de actuaciones municipales contenidas en el Plan no pueden ir más allá de lo dispuesto en la normativa municipal; ya que se trata de un documento interno de trabajo, cuya finalidad no pude ser otra que coordinar la actuación de las distintas unidades municipales.

Sería deseable que dicho Plan se pusiera en conocimiento de la Agencia de Actividades, a los efectos de coordinación con su actividad en lo que respecta a la adecuación a la legalidad de las licencias de los locales.

Esta institución no comparte la opinión de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental sobre sus competencias en materia de contaminación acústica, ya que el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, de 2 de julio de 2015, atribuye a esa Dirección las actuaciones de prevención y de corrección de la contaminación acústica en el término municipal de Madrid. Sin perjuicio de que la competencia en materia de licencias de las terrazas sea de los distritos.

Decisión

Se solicita información sobre la puesta en marcha del Plan Piloto, así como de las actuaciones llevadas a cabo por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. En particular, se solicita informe sobre el cese o la reducción de las molestias a los vecinos.

Se dirige a ese Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, la siguiente:

SUGERENCIA

Revisar el contenido del Plan Piloto del distrito de Centro, incluyendo la coordinación con la Agencia de Actividades.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, la información complementaria solicitada, así como que comunique si acepta o no la SUGERENCIA, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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