La persona arriba indicada muestra su disconformidad con la denegación de la solicitud de renovación de su autorización de residencia temporal y trabajo cuenta ajena inicial, presentada en la Oficina de Extranjería de Madrid.
Consideraciones
1. Manifiesta que el 23 de octubre de 2023 presentó la solicitud, siendo denegada el 10 de abril de 2024, por no haber abonado las tasas correspondientes.
2. Sin embargo, el Sr. (…) aporta los justificantes y resguardos de pago de las tasas abonadas el 24 y 26 de octubre de 2024 (se adjuntan al presente escrito).
3. Contra la denegación, presentó recurso el 22 de abril de 2024, encontrándose su resolución dentro de las demoras reconocidas por esa Administración. No obstante, esta denegación parece un error en la tramitación del presente expediente, dejando al interesado en una situación de vulnerabilidad y sin recursos.
4. Esta queja reúne los requisitos formales establecidos en el artículo 54 de la Constitución y en los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución.
Decisión
Esta institución, en atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la citada ley orgánica, formula la siguiente:
SUGERENCIA
Que se considere la posibilidad de revocar la resolución denegatoria adoptada en la solicitud de renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo cuenta ajena inicial de D. (…) concediéndole la misma, en virtud del artículo 71 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa delegación del gobierno y en espera de la respuesta,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo