Segregación catastral y acceso a la finca.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Se recuerda al Ayuntamiento el deber legal que le incumbe de resolver, en tiempo y forma, las reclamaciones y solicitudes que le hayan sido formuladas.

Fecha: 20/12/2019
Administración: Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros (Badajoz)
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 18004572

 


Segregación catastral y acceso a la finca.

Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia. De acuerdo con el artículo 31.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se informa al interesado de la comunicación recibida de esa Administración y del resultado de las actuaciones practicadas, que se dan por FINALIZADAS.

No obstante, se recuerda a ese Ayuntamiento el deber legal que le incumbe de resolver, en tiempo y forma, las reclamaciones y solicitudes que le hayan sido formuladas.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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