Se ha recibido la contestación a la solicitud de información y al inicio de actuaciones de investigación por parte de ese ayuntamiento, en la que se adjuntan los informes de los profesionales encargados de ofrecer el servicio de atención a las víctimas de violencia de género en el Centro de Información de la Mujer dependiente la concejalía de bienestar social de ese ayuntamiento.
Consideraciones
1. En el informe se detalla la asistencia jurídica y psicológica que se ha prestado a la interesada y víctima de violencia de género desde el año 2019 hasta hoy.
2. Hay que tener en cuenta, como se decía en el escrito de inicio de actuaciones del Defensor del Pueblo, que la queja de la interesada no afecta al servicio de asesoría jurídica, sino a al servicio general de atención y citas, es decir a la ventanilla general, y al servicio de atención psicológica.
3. En relación con esto último, la psicóloga del Centro de Información a la Mujer de la Concejalía de Servicios Sociales, Familia e Igualdad, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz), confirma toda la información dada por la interesada en su queja en relación con las citas solicitadas y atendidas. Por lo tanto, desde que la compareciente pidió ayuda psicológica por primera vez, hasta que esta pudo ser facilitada pasaron más de seis meses.
4. La causa de este retraso es también analizada por este mismo informe donde se reconoce el alto número de mujeres que están siendo atendidas por problemas emocionales en el centro, y los escasísimos recursos con los que cuenta, pues solo hay una profesional psicóloga para atender a todas las usuarias.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular la siguiente:
RECOMENDACIÓN
Que el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz), dote al Centro de Información de la Mujer de este municipio con personal y con profesionales psicólogos y trabajadores sociales suficientes y proporcional en relación con el número de casos que atienden, para que se reduzcan los retrasos en la prestación de los servicios de atención a las víctimas de violencia de género en ese ayuntamiento y para que se les pueda ofrecer una asistencia psicológica y social de calidad.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo