Se acusa recibo a su escrito en relación con el expediente arriba referenciado.
Consideraciones
1. Su contenido coincide esencialmente con el informe remitido a esta institución con fecha 20 de diciembre de 2018.
2. Como esa secretaría de Estado recordará el contenido del último escrito de esta institución del pasado 19 de junio consistía en un Recordatorio de deberes legales dado que el interesado afirmaba no haber recibido respuesta expresa a su escrito dirigido a ese Departamento con fecha 15 de marzo de 2018 y que motivó la admisión de su queja a trámite.
3. Teniendo en cuenta que no se realiza mención alguna a la preceptiva respuesta que se ha de emitir al interesado, se reitera el contenido del
RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES
«Resolver de forma expresa el escrito de fecha 15 de marzo de 2018 del interesado, remitiéndole la oportuna respuesta en aplicación de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)