Ha comparecido ante esta institución doña (…) con NIF (…), en representación de doña (…) y (…).
Consideraciones
1. Expone la interesada que tanto ella como sus dos hijos, solicitaron la adquisición de la nacionalidad española en virtud de lo dispuesto en la Ley 12/2015 de 24 de junio para los sefardíes.
2. El expediente de la compareciente, registrado con el número (…) fue resuelto en sentido favorable a su solicitud.
3. Los expedientes de sus hijos (…) (…), y (…) (…) continúan todavía en tramitación, razón por la cual solicita la intervención de esta institución.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente decisión:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelvan los expedientes de nacionalidad española (…) y (…), en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo