Ha comparecido ante esta institución doña (…) con NIE (…).
Consideraciones
1. Expone la interesada que presentó solicitud para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.
2. Su solicitud quedó registrada con el número de referencia (…)/2018.
3. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dictó resolución denegatoria de la nacionalidad, por la falta de acreditación de la superación de los exámenes DELE y CCSE.
4. La interesada ha presentado recurso potestativo de reposición alegando la presentación de la documentación que la calificaba como APTA en ambos exámenes, razón por la cual solicita la intervención del Defensor del Pueblo al quedar vacío de contenido el motivo de la denegación de la nacionalidad española.
5. Se adjunta copia de la documentación remitida por la interesada, a los efectos que pudieran resultar oportunos.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente decisión:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se revise la documentación presentada por la interesada en el expediente de solicitud de nacionalidad española (…)/2018, y se resuelva el recurso presentado en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo