Ha comparecido ante esta institución doña (…..) con NIE ….., solicitando nuestra intervención.
Consideraciones
1. Expone la interesada que presentó solicitud para la adquisición de la nacionalidad española el 15 de octubre de 2015.
2. Su solicitud quedó registrada con el número de expediente …../2016.
3. Consultada la página web habilitada a tales efectos, se informa que el expediente se encuentra en el siguiente estado: “Abierto – En tramitación. Su expediente se encuentra en estudio.”, no variando dicho estado, sin que hasta la fecha se haya recibido ningún requerimiento ni respuesta a su solicitud de nacionalidad.
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelva el expediente de solicitud de nacionalidad española …../2016. en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)