Expedir los visados solicitados en la representación consular española en Libano a una familia siria

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Dirección General de Política Interior. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 15015077


Texto

El 25 de noviembre de 2015, se remitió escrito a esa Dirección General en el que se exponía la situación de riesgo de la familia del interesado Sr. (…..), titular del estatuto de protección subsidiaria. Los familiares se habían trasladado a Líbano, según las instrucciones recibidas de la Oficina de Asilo y Refugio para realizar los trámites correspondientes al expediente de extensión familiar iniciado por él.

En el escrito remitido a V.I. se solicitaba información sobre la fase consular del procedimiento de extensión familiar y tiempo aproximado que se invierte actualmente para la resolución del expediente. También se solicitaba que comunicase el plazo previsto para dictar resolución en la solicitud de extensión familiar del interesado y el plazo aproximado de notificación.

Hasta el momento no se ha cumplimentado la solicitud de información de esta institución, pese a que ha sido reiterada en fecha 14 de marzo de 2016.

La letrada que representa a la familia, ha comunicado a esta institución que, según la información facilitada por la OAR, los expedientes que afectan a los interesados (…..; …..; …..) tenían propuesta de resolución favorable e iban a ser elevados a la reunión de la CIAR del mes de mayo, reunión que se ha pospuesto a primeros del mes de junio.

Señala la letrada que la familia tenía cita para el día 1 de junio en la Embajada del Líbano, cita que fue asignada cuando acudieron a presentar la documentación en el mes de enero y que se fija sin conocer el tiempo que se demorará la resolución del expediente, ante la dificultad de localizar a las familias debido a la situación en la que se encuentra el país.

La letrada ha manifestado ante esta institución que la situación de inseguridad en el barrio de Damasco en el que viven los familiares hace insostenible la espera para la obtención del visado. Tomando en consideración esta circunstancia y la obligación de la familia de comparecer en la Embajada el día 1 de junio, estima que procede adoptar medidas para emitir los visados para evitar más riesgos a la familia.

Consideraciones

1. Si se confirma la propuesta de resolución favorable del expediente en la CIAR, ello implicará que se dicte resolución para notificar posteriormente a los interesados. Según la información facilitada a esta institución, los trámites mencionados suelen demorarse hasta tres meses desde que se aprueba el expediente en la Comisión.

2. El artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones Públicas se rigen en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos. Por su parte el artículo 58 y posteriores de la Ley 30/1992, ya citada, establecen un plazo de diez días a partir de la fecha en la que el acto se dicta para notificar y señalan que las notificaciones se practicarán por cualquier medio.

3. En este caso, se considera que la Oficina de Asilo y Refugio podría dar traslado a la Embajada del Líbano de la situación del expediente de extensión familiar con la finalidad de que se proceda a la emisión de los correspondientes visados cuando la familia acuda a la representación diplomática, a fin de no alargar la estancia de los familiares del beneficiario de protección internacional en Líbano donde carecen de domicilio o bien que se vean obligados a regresar a Damasco.

Decisión

Por lo expuesto, y de conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular a esa Dirección General la siguiente:

SUGERENCIA

Adoptar las medidas necesarias para que se expidan los visados de la familia mencionada, cuando ésta acuda a la Embajada en Líbano dadas las circunstancias que concurren.

En la seguridad de que esta Sugerencia, será objeto de atención por parte de esa Dirección General,

le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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