Tramitación de las denuncias de tráfico formuladas por particulares

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid)

Respuesta de la Administración: Sin Seguimiento

Queja número: 14012727


Texto

Se acusa recibo de su escrito, en relación con el asunto arriba indicado.

Consideraciones

1. Respecto a la persistencia de estacionamientos irregulares en las calles de Dublín, Gustavo Adolfo Bécquer, Federica Montseny y otras aledañas, se señala que «la irregularidad del estacionamiento es global, afectando a toda la localidad, ya que depende de la voluntad de los conductores».

También se señala que «las actuaciones en relación con los estacionamientos indebidos se centran en la denuncia de los funcionarios policiales cuando detectan la infracción».

2. Los procedimientos sancionadores por infracciones tipificadas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se incoarán de oficio por la autoridad competente no solo por denuncia de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas, sino también por denuncia de cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, se formula a ese Ayuntamiento el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por lo que respecta a la tramitación de las denuncias formuladas por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos.

En la seguridad de que dicho recordatorio de deberes legales será objeto de atención por parte de esa corporación, se informa a la persona compareciente del resultado de las actuaciones practicadas con motivo de la tramitación de la presente queja, dando por FINALIZADO este expediente, cuyo resultado quedará debidamente especificado en el próximo informe de esta institución a las Cortes Generales, de conformidad con las previsiones establecidas en la precitada ley orgánica.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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