Texto
Consideraciones
En anteriores ocasiones, se formuló al Presidente de la F.E.M.P. una Recomendación sobre la necesidad de que los ciudadanos conocieran la lista de las fiestas de Nochevieja autorizadas en el ámbito territorial de cada Ayuntamiento. El motivo es la preocupación por la seguridad de todas las personas que acuden y trabajan en ellas.
Al estar próximo el final del año 2016 y la consiguiente organización de fiestas de aquella naturaleza, se considera oportuno y conveniente reiterar a V.E. la mencionada Recomendación.
Decisión
En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, vengo en formular a V.E. la siguiente:
RECOMENDACIÓN:
Que tenga a bien dar traslado, con carácter de urgencia, a los ayuntamientos asociados a esa Federación de la conveniencia de publicar, por los medios más eficaces y que con mayor facilidad puedan llegar al conocimiento de los ciudadanos interesados, un listado de las fiestas de Nochebuena y Nochevieja de 2016 autorizadas en el ámbito territorial de su respectiva jurisdicción.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la RECOMENDACIÓN, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo