Visita a la Comisaría de Distrito Madrid Fuencarral- El Pardo.

RECOMENDACION:

Que cuando se considere imprescindible esposar a una persona por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, estos elementos de sujeción no estén en ningún caso excesivamente apretados y que solo se apliquen durante el tiempo estrictamente necesario, al objeto de evitar un dolor innecesario a la persona afectada, así como de eventuales lesiones ocasionadas por su empleo.

Fecha: 20/06/2023
Administración: Secretaría de Estado de Seguridad. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23007297

 


Visita a la Comisaría de Distrito Madrid Fuencarral- El Pardo.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, realizaron una visita a los calabozos de la Comisaría de Distrito Madrid Fuencarral-El Pardo, el 22 de febrero de 2023.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito, que coincide con el enviado a efectos meramente informativos al responsable de las dependencias, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Secretaría de Estado y a la Dirección General de la Policía.

RECOMENDACIÓN. Que cuando se considere imprescindible esposar a una persona por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, estos elementos de sujeción no estén en ningún caso excesivamente apretados y que solo se apliquen durante el tiempo estrictamente necesario, al objeto de evitar un dolor innecesario a la persona afectada, así como de eventuales lesiones ocasionadas por su empleo.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar la cuestión referida.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

 

Consulta la ficha de la visita a la Comisaría de Distrito Madrid Fuencarral- El Pardo

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