Visita a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Denia (Alicante).

SUGERENCIA:

Que se efectúen las obras necesarias para que los detenidos no accedan por la misma puerta que los ciudadanos que acuden a realizar cualquier trámite.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se instalen llamadores en las celdas para permitir a los detenidos comunicar con los agentes de policía que les custodian.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta:
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se efectúen obras de mejora del aseo que utilizan los detenidos y se instalen sanitarios antivandálicos, así como que se establezca un sistema de limpieza que garantice unas condiciones de higiene adecuadas en todo momento.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se adopten las medidas necesarias para higienizar y acondicionar los calabozos con carácter inmediato y establecer un sistema de mantenimiento periódico adecuado.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se proceda a la retirada del material policial existente de la zona por la que se accede a los calabozos y se custodie en un lugar adecuado.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se impartan las instrucciones necesarias para evitar que pernocten en la misma celda dos personas dadas las reducidas dimensiones de la misma y se evite el uso del suelo para dormir.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Incluir en el acta de información de derechos el de solicitar protección internacional, explicando en qué consiste tal derecho a los detenidos extranjeros, particularmente en los casos en los que éstos no tengan residencia en España y por su nacionalidad puedan acogerse a tal derecho.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se adopten las medidas necesarias para que la comisaría disponga de batas o toallas para el supuesto de que se realice un registro integral.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Instalar sistemas de videovigilancia en el interior de las celdas que incluyan grabación de imágenes.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se dote a la comisaría de un armero.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 

SUGERENCIA:

Que se impartan las instrucciones necesarias para cumplimentar adecuadamente los formularios y garantizar el registro en la ficha de custodia de todas las vicisitudes que se producen desde que se lleva a cabo la detención hasta que la persona es puesta a disposición judicial o en libertad, así como el número de celda en la que permanece ingresada.

Fecha: 07/09/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22007643

 


Visita a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Denia (Alicante).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director del MNP y un técnico de esta institución, realizaron de oficio una visita a la Comisaría de la Policía Nacional de Denia (Alicante) el día 9 de marzo de 2022.

Como consecuencia de dicha visita se ha elaborado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan.

1. El acceso al edificio es el mismo para los ciudadanos que acuden a realizar cualquier trámite y para los detenidos por lo que se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

Que se efectúen las obras necesarias para que los detenidos no accedan por la misma puerta que los ciudadanos que acuden a realizar cualquier trámite.

2. Las celdas no disponen de ningún tipo de timbre u otro elemento para que las personas que están en el calabozo puedan comunicar con los agentes de custodia. Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

Que se instalen llamadores en las celdas para permitir a los detenidos comunicar con los agentes de policía que les custodian.

3. Las condiciones del baño que utilizan los detenidos son inadecuadas tanto por la falta de higiene como por contar con elementos sanitarios inapropiados. Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

Que se efectúen obras de mejora del aseo que utilizan los detenidos y se instalen sanitarios antivandálicos, así como que se establezca un sistema de limpieza que garantice unas condiciones de higiene adecuadas en todo momento.

4. Los calabozos están sucios y precisan de manera inmediata ser pintados. Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

Que se adopten las medidas necesarias para higienizar y acondicionar los calabozos con carácter inmediato y establecer un sistema de mantenimiento periódico adecuado.

5. En la sala por la que se accede a la zona de calabozos había material policial, concretamente escudos antidisturbios en el suelo y un casco encima de un armario. Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

Que se proceda a la retirada del material policial existente de la zona por la que se accede a los calabozos y se custodie en un lugar adecuado.

6. El personal que atendió la visita refirió que en cada una de las celdas puede haber hasta dos personas detenidas, y que incluso ocurre que pasen la noche dos personas en la misma celda, una en el poyete y otra en el suelo (con sus respectivas colchonetas). Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

Que se impartan las instrucciones necesarias para evitar que pernocten en la misma celda dos personas dadas las reducidas dimensiones de la misma y se evite el uso del suelo para dormir.

7. Según se informó, el acta de información de derechos no recoge información sobre el derecho a la protección internacional. La justificación tiene su causa, al parecer, en el hecho de que no se reciben personas procedentes de pateras.

El acceso a la protección internacional no está limitado a las personas que llegan a territorio español en pateras. Cualquier persona que esté en situación de protección internacional puede manifestar su deseo de presentar la solicitud y uno de los lugares para presentarla es justamente una comisaría de policía. Para ello es necesario que reciban la información pertinente con carácter previo. Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

Incluir en el acta de información de derechos el de solicitar protección internacional, explicando en qué consiste tal derecho a los detenidos extranjeros, particularmente en los casos en los que éstos no tengan residencia en España y por su nacionalidad puedan acogerse a tal derecho.

8. Según la información recibida por el equipo visitante, en las dependencias no se había realizado ningún registro integral. No obstante, es necesario que en las instalaciones se disponga de una bata o toalla para el supuesto de que en algún momento se lleve a cabo dicho tipo de registro. Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

Que se adopten las medidas necesarias para que la comisaría disponga de batas o toallas para el supuesto de que se realice un registro integral.

9. Se comprobó que el interior de los calabozos no cuenta con cámaras de videovigilancia. Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

Instalar sistemas de videovigilancia en el interior de las celdas que incluyan grabación de imágenes.

10. La comisaría no dispone de armero por lo que se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

Que se dote a la comisaría de un armero.

11. Tras examinar la documentación, se aprecia que no se cumplimentan de manera adecuada todos los ítems de los formularios. En algunos casos no consta la fecha de salida del detenido y tampoco se cumplimenta adecuadamente la hoja de custodia. Se formula la SUGERENCIA DECIMOPRIMERA.

Que se impartan las instrucciones necesarias para cumplimentar adecuadamente los formularios y garantizar el registro en la ficha de custodia de todas las vicisitudes que se producen desde que se lleva a cabo la detención hasta que la persona es puesta a disposición judicial o en libertad, así como el número de celda en la que permanece ingresada.

12. En algunos casos, se ha observado que se ha sobrepasado el tiempo máximo de detención de 72 horas y en otros casos se ha agotado casi en su totalidad, tal y como se puede apreciar en los documentos adjuntados como anexo a este escrito. Se solicita información detallada sobre las causas que hayan motivado dicho incumplimiento.

Igualmente se ha de solicitar copia de varios atestados para su revisión, en concreto de los números siguientes: (…)/22; (…)/22; (…)/22; (…)/22; (…)/2022¸ (…)/21; (…)/21

También se solicita información para conocer si los partes de lesiones y asistencias médicas de cada uno de los detenidos se incluyen en los atestados correspondientes.

13. Se solicita información sobre el tiempo que se guardan las grabaciones de las cámaras; si existe protocolo de suicidios para los detenidos, para las mujeres gestantes y personas con discapacidad psiquiátrica o intelectual. Se solicita información para conocer si los partes de lesiones y los documentos que acreditan la asistencia médica recibida de las personas detenidas se incluyen en los atestados correspondientes en todos los casos.

14. La documentación médica que da soporte a la atención sanitaria recibida por el detenido no es uniforme, sino que tiene nombres distintos: informe de consulta, hoja asistencial y nota informativa. Por otro lado, se detecta que, aunque exista una diagnosis de lesiones, no siempre se emite el parte de lesiones para remisión al juzgado y, en los supuestos en los que se elabora, no consta que se haya preguntado al paciente sobre las causas de la lesión con el fin de poder emitir el juicio de compatibilidad correspondiente.

15. Asimismo, atendiendo a lo manifestado por la Secretaría de Estado de Seguridad -respecto de la Recomendación encaminada a la dotación de las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con un libro registro de quejas, denuncias o alegaciones de malos tratos – se ha de solicitar información de los registros que eventualmente se puedan haber realizado a través de la aplicación informática del Plan Nacional de Derechos Humanos -en funcionamiento desde 2011- de hechos que hayan podido suponer una extralimitación o vulneración de los derechos de las personas que se hayan encontrado bajo la custodia de personal dependiente de dicha comisaría.

Decisión

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Con esta misma fecha y a los efectos meramente informativos, se da traslado al responsable del centro visitado, de las conclusiones y resoluciones remitidas a esa Dirección General.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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