Visita a Policía Local de Murcia.

RECOMENDACION:

Extremar las precauciones para que todos los agentes de la Policía Local de Murcia porten identificación en lugar visible y que esta sea de un tamaño suficiente para que se pueda ver con facilidad.

Fecha: 19/01/2021
Administración: Ayuntamiento de Murcia
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20025657

 

SUGERENCIA:

Instalar cámaras en todas las dependencias que recorre la persona privada de libertad con el objeto de que este trayecto esté videovigilado en su integridad.

Fecha: 19/01/2021
Administración: Ayuntamiento de Murcia
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20025657

 

SUGERENCIA:

Extremar el cuidado para que todas las personas que presten servicio en las dependencias policiales porten la correspondiente mascarilla, salvo que hubiere una causa justificada para no hacer uso de la misma.

Fecha: 19/01/2021
Administración: Ayuntamiento de Murcia
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20025657

 

SUGERENCIA:

Sustituir el actual sistema manual de apertura de puertas por uno mecanizado que permita la apertura simultanea de todas las celdas en caso de urgencia.

Fecha: 19/01/2021
Administración: Ayuntamiento de Murcia
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20025657

 


Visita a Policía Local de Murcia.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución realizaron de oficio una visita a las dependencias de la Policía Local de Murcia.

Como consecuencia de dicha visita se han alcanzado las siguientes conclusiones:

1. Las instalaciones se encontraban en un buen estado de conservación. Se apreció una buena predisposición del personal policial para la aplicación de la normativa existente en materia de zonas de custodia, documentación y de trato a la persona detenida.

2. Las celdas siguen contando en exclusiva con apertura manual. Como ya se indicó en la anterior visita, esta circunstancia supone un riesgo en caso de incendio o en el supuesto de que fuera precisa una evacuación urgente por otras circunstancias. Incluso cuando se trata de instalaciones con pocas celdas, como es el caso de estas dependencias, es siempre recomendable que cuenten con un sistema automático de apertura de puertas.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

3. Se valora positivamente la dotación de colchonetas ignífugas para las celdas de las dependencias visitadas para facilitar el correcto descanso de las personas detenidas.

4. El recorrido que hacen las personas privadas de libertad desde el ingreso en las dependencias policiales hasta los calabozos está cubierto parcialmente por cámaras de videovigilancia. Sería necesario que el mismo estuviera videovigilado en su integridad.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

5. La mayoría de los agentes estaban identificados. No obstante, un agente portaba escudo adherido a la camisa, pero sin número profesional. Además, debido al tamaño reducido del número de carné profesional que incorpora el escudo, este se observa con dificultad.

Se formula RECOMENDACIÓN.  

6. Se pudo comprobar la adopción de medidas para evitar contagios por COVID-19 de las personas detenidas y de higiene de los calabozos.

No obstante, se constató que uno de los agentes que prestaba servicio en las oficinas de las dependencias policiales no portaba mascarilla. El empleo de mascarilla es de obligado cumplimiento, salvo causa justificada, y es una de las principales medidas recomendadas por las autoridades sanitarias para evitar la transmisión de la Covid-19.

Se formula SUGERENCIA TERCERA.

7. La Policía Local de Murcia cuenta con un protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos, diferenciando entre personas mayores y menores de edad. En este documento se hace referencia a indicaciones relativas tanto al trato de los agentes, como a la cumplimentación de los libros correspondientes. La copia que se entregó al equipo visitador no estaba ni fechada, ni firmada.

Se solicita informen sobre este aspecto.

8. Durante la visita se analizó diversa documentación y constató que alguno de los libros registro presentaban enmiendas o tachaduras, lo que debe ser evitado.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúa, respecto de la Comisaría de Policía Local de Murcia, la siguiente

RECOMENDACIÓN

Extremar las precauciones para que todos los agentes de la Policía Local de Murcia porten identificación en lugar visible y que esta sea de un tamaño suficiente para que se pueda ver con facilidad.

Asimismo, se efectúan las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Sustituir el actual sistema manual de apertura de puertas por uno mecanizado que permita la apertura simultanea de todas las celdas en caso de urgencia.

SEGUNDA. Instalar cámaras en todas las dependencias que recorre la persona privada de libertad con el objeto de que este trayecto esté videovigilado en su integridad.

TERCERA. Extremar el cuidado para que todas las personas que presten servicio en las dependencias policiales porten la correspondiente mascarilla, salvo que hubiere una causa justificada para no hacer uso de la misma.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las sugerencias y recomendación formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en el resto de las conclusiones.

Con esta misma fecha, y a efectos meramente informativos, se da traslado al responsable de las dependencias visitadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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