En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director y una técnica de la Unidad del MNP, una técnica del Área de Seguridad y Justicia, y un técnico externo especializado en medicina legal y forense, realizaron de oficio una visita al Centro Penitenciario Puerto II (Cádiz), los días 21 y 22 de febrero de 2023.
Como consecuencia de dicha visita se han alcanzado diversas conclusiones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y ante la Fiscalía General del Estado. Igualmente se ha puesto en conocimiento, a efectos meramente informativos, de la Dirección del centro visitado, del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria N.º 4, de la Fiscalía Provincial (Área de Vigilancia Penitenciaria) y del Ministerio de Justicia.
Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan los aspectos observados durante la visita. Por la incidencia en el ámbito competencial de la Fiscalía General del Estado, se le dirigen las conclusiones 6, 29 y 61, con su respectiva Recomendación, con el fin de recabar su opinión.
RECOMENDACIÓN
DECIMOPRIMERA. Que, por parte del Ministerio Fiscal en el ejercicio de las funciones encomendadas por la legislación, se promueva la coordinación entre los Juzgados y los Centros Penitenciarios, instando la remisión de informes actualizados durante el proceso de prisión provisional, con el fin de ofrecer mayores garantías al proceso y derechos fundamentales de la persona investigada.
Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si acepta o no la Recomendación formulada, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.
Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en las conclusiones 6, 29 y 61 del informe técnico adjunto.
Agradeciendo la colaboración que presta,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Consulta la visita al Centro Penitenciario del Puerto II (Cádiz)