Visita al Puesto de la Guardia Civil de Candás (Asturias).

SUGERENCIA:

Adaptar el acceso directo a la zona de calabozos desde el garaje para dotarlo de suficiente espacio, de manera que el traslado de detenidos se pueda llevar a cabo de manera segura, y mantener dicho acceso en un adecuado estado de conservación y limpieza.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Adecuar las puertas de las celdas con el fin de que se minimice el riesgo de autolesión o suicidio por parte de las personas detenidas.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Arreglar la luz que no funcionaba en una de las celdas.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Dotar a la zona de calabozos de un sistema de climatización, dadas las condiciones climatológicas de la zona.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia y videograbación de manera que cubra todas las zonas por las que transita o en las que permanece el detenido, a excepción de los baños.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Adaptar el sistema de videograbación de manera que permita la conservación de las grabaciones durante, al menos, 30 días, así como la captación de audio, si ello no fuera el caso actualmente.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Mientras no se dote a la zona de calabozos de sistema de videovigilancia y de aviso en el interior de las celdas, garantizar que hay una presencia constante de agentes de custodia en la zona de calabozos con objeto de garantizar la integridad física de los detenidos y de evitar posibles autolesiones y agresiones.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Dotar a las dependencias de un armario taquillero para depositar las bolsas de pertenencias de los detenidos.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Disponer de bata o toalla para los casos en que haya que realizar un registro con desnudo integral

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Cumplimentar y facilitar siempre al detenido el formulario de información que se prevé en el apartado 3 e de la Instrucción 4/2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Salvo en casos en los que la evaluación individual del riesgo así lo aconseje, evitar que los detenidos sean trasladados en los vehículos policiales esposados por la espalda.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Sustituir los sanitarios de porcelana existentes en el aseo por otros de material antivandálico.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 

SUGERENCIA:

Anotar en el libro de telefonemas todas las comunicaciones relacionadas con las detenciones que se lleven a cabo.

Fecha: 14/11/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19017571

 


Visita al Puesto de la Guardia Civil de Candás (Asturias).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución realizaron de oficio una visita al Puesto de la Guardia Civil de Candás (Asturias).

Como consecuencia de dicha visita se han alcanzado las siguientes conclusiones:

1. La conducción de los detenidos hasta los calabozos se realiza a través de la entrada principal, coincidiendo con el público que acude a estas dependencias para realizar alguna gestión, lo que tiene implicaciones tanto desde el punto de vista de la seguridad como por la exposición que supone de quien, aun privado de libertad, mantiene los derechos fundamentales al honor y a la propia imagen.

Las dependencias cuentan con un acceso directo desde el garaje a la zona de calabozos. Este acceso se encontraba en un estado mejorable de mantenimiento y limpieza en el momento de la visita. Además, el recorrido implica el uso de unas escaleras estrechas.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

2. A excepción del citado acceso al garaje, que presentaba humedades, zonas oxidadas y numerosas telarañas, las dependencias se encontraban en un estado aceptable de conservación y limpieza.

No obstante, una baldosa de una de las celdas no estaba bien adherida, de lo que se habría dado cuenta a los servicios centrales, según la información recibida.

Interesa saber si se ha subsanado esta deficiencia.

3. Las puertas de las celdas eran de barrotes con una placa para la cerradura, lo que podría ser utilizado por las personas detenidas para autolesionarse o intentar suicidarse.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

4. Además, los sanitarios del aseo, que son de cerámica, podrían igualmente facilitar las autolesiones por parte de los detenidos, deficiencia que debería subsanarse.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

5. La zona de calabozos cuenta con luz artificial en el pasillo y en el interior de las celdas. No obstante, la luz de una de las celdas no funcionaba.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

6. Las dependencias no cuentan con un sistema de climatización de frío-calor en la zona de calabozos, solo se dispone de un radiador en el pasillo anterior que conduce a la zona de celdas, pero no dentro de la misma.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

7. El sistema de videovigilancia solo cubre el pasillo de la zona de calabozos pero no el interior de las celdas, ni demás zonas en las que puede permanecer el detenido, lo que debería subsanarse de conformidad con lo previsto en el apartado 2 f de la Instrucción 4/2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

8. Además, las imágenes captadas por la cámara del pasillo no se podían ver en el monitor de la zona de control en el momento de la visita. Según el personal presente, dos semanas antes habían acudido a las dependencias operarios de los servicios centrales para revisar el sistema de videovigilancia. Desde entonces la cámara del pasillo estaba deshabilitada.

Interesa saber si ya se ha subsanado esta cuestión.

9. Según se informó, las grabaciones del sistema de videovigilancia se conservan durante unos 15 días, lo que contradice lo previsto en el punto 2 f de la Instrucción 4/2018, donde se prevé que se conserven por un periodo de 30 días.

No se obtuvo información acerca de si el sistema permite la captación de audio, por lo que se ruega que informe sobre este aspecto.

Además, se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

10. Según la información recibida, cualquier agente de la unidad tiene acceso a las imágenes grabadas, pues existe un manual donde figuran todas las claves.

Interesa conocer si existe un protocolo que prevea la obligación de solicitar autorización de los altos responsables de la unidad para acceder a las grabaciones o, en todo caso, de ponerlo en su conocimiento, y si existe un sistema de trazabilidad que permita verificar quién ha accedido a las imágenes, en qué momento y con qué finalidad.

11. No hay una presencia constante de agentes en la zona de calabozos cuando hay detenidos, lo que puede suponer un riesgo en caso de darse una situación que requiera la asistencia inmediata de los agentes, tal y como se establece en la Instrucción 4/2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad (punto 4 c).

Si bien el personal de custodia asegura que realiza rondas de control cada media hora cuando hay detenidos, debe tenerse en consideración que las celdas no cuentan con sistemas de aviso ni con videdovigilancia en su interior.

Por consiguiente, se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

12. Se dispone de bolsas autocierre para depositar las pertenencias de los detenidos. Sin embargo, las bolsas se depositan en la oficina, sin que exista un armario taquillero para guardar los mismos de forma individualizada y con las debidas condiciones para una custodia segura.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

13. No se disponía, en el momento de la visita, de productos de higiene íntima femenina para el caso de que hubiese detenidas que lo necesitasen, lo que debería corregirse.

14. Aunque, según la información recibida, con carácter general, no se realizan registros con desnudo integral, debería disponerse de bata o toalla para proporcionar al detenido en estos casos.

Se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

15. El examen de la documentación reveló que, por lo general, las cadenas de custodia se cumplimentan de manera exhaustiva, anotando todas las vicisitudes relacionadas con las custodia de las personas detenidas.

No obstante, se observó que no siempre se cumplimenta el formulario de información al detenido previsto en el apartado 3 e de la Instrucción 4/2018 (información sobre si está siendo videovigilado, la forma de comunicarse con el personal de custodia, los horarios aproximados de las comidas, etc.).

Se formula la SUGERENCIA DECIMOPRIMERA.

16. También se observó que no se anotan en el libro de telefonemas todas las llamadas que se realizan con relación a las detenciones. Se observó, por ejemplo, que constaban en los atestados llamadas a los abogados para solicitar la asistencia letrada, que no figuraban en el libro de telefonemas.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOSEGUNDA.

17. Según la información recibida, cuando se traslada a personas detenidas, estas van esposadas por detrás. Ello puede suponer un riesgo añadido en caso de accidente con el vehículo policial, ya que, entre otros, dificultaría las maniobras de evacuación del vehículo. Además, contradice las recomendaciones del Comité contra la Tortura del Consejo de Europa recogidas en la Guía sobre el transporte de detenidos [CPT/Inf(……)…].

Se formula la SUGERENCIA DECIMOTERCERA.

18. Tras la realización de la visita se contactó con algunos de los abogados que prestan asistencia letrada en esas dependencias, con el fin de solicitar información acerca de las condiciones en las que se desarrolla su labor. Solo se ha recibido respuesta de un abogado, por lo que no es posible extraer observaciones concluyentes.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto del Puesto de la Guardia Civil de Candás (Asturias), las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Adaptar el acceso directo a la zona de calabozos desde el garaje para dotarlo de suficiente espacio, de manera que el traslado de detenidos se pueda llevar a cabo de manera segura, y mantener dicho acceso en un adecuado estado de conservación y limpieza.

SEGUNDA. Adecuar las puertas de las celdas con el fin de que se minimice el riesgo de autolesión o suicidio por parte de las personas detenidas.

TERCERA. Sustituir los sanitarios de porcelana existentes en el aseo por otros de material antivandálico.

CUARTA. Arreglar la luz que no funcionaba en una de las celdas.

QUINTA. Dotar a la zona de calabozos de un sistema de climatización, dadas las condiciones climatológicas de la zona.

SEXTA. Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia y videograbación de manera que cubra todas las zonas por las que transita o en las que permanece el detenido, a excepción de los baños.

SÉPTIMA. Adaptar el sistema de videograbación de manera que permita la conservación de las grabaciones durante, al menos, 30 días, así como la captación de audio, si ello no fuera el caso actualmente.

OCTAVA. Mientras no se dote a la zona de calabozos de sistema de videovigilancia y de aviso en el interior de las celdas, garantizar que hay una presencia constante de agentes de custodia en la zona de calabozos con objeto de garantizar la integridad física de los detenidos y de evitar posibles autolesiones y agresiones.

NOVENA. Dotar a las dependencias de un armario taquillero para depositar las bolsas de pertenencias de los detenidos.

DÉCIMA. Disponer de bata o toalla para los casos en que haya que realizar un registro con desnudo integral.

DECIMOPRIMERA. Cumplimentar y facilitar siempre al detenido el formulario de información que se prevé en el apartado 3 e de la Instrucción 4/2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad.

DECIMOSEGUNDA. Anotar en el libro de telefonemas todas las comunicaciones relacionadas con las detenciones que se lleven a cabo.

DECIMOTERCERA. Salvo en casos en los que la evaluación individual del riesgo así lo aconseje, evitar que los detenidos sean trasladados en los vehículos policiales esposados por la espalda.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en el resto de las conclusiones.

Con esta misma fecha, y a efectos meramente informativos, se da traslado al responsable de las dependencias visitadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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