Visita al Puesto de la Guardia Civil de Es Mercadal (Menorca).

SUGERENCIA:

Realizar las gestiones oportunas para que las personas detenidas puedan acceder por un lugar distinto a la entrada principal.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Proceder a la sustitución de la puerta de la celda que cumpla con lo indicado en la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Proceder a la rehabilitación íntegra del aseo que utilizan las personas detenidas, sustituyendo los sanitarios existentes por material antivandálico y la plaza turca por un inodoro.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Proceder a la reparación del lavabo para el completo y correcto acceso de la persona detenida cuando lo necesite.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Proceder a la instalación de un llamador o intercomunicador que facilite la comunicación con los agentes de custodia.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Proceder a la instalación de un sistema de climatización adecuado en la celda.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia del puesto de manera que se haga extensible a todas aquellas zonas en las que puedan permanecer personas privadas de libertad, incluida la conducción hasta los calabozos, pasillos, con excepción de los aseos y las salas para entrevistas con los abogados.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Instalar el monitor en el que se visualizan las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia de la zona de custodia en el lugar donde no puedan ser observadas por personas ajenas al Puesto.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Proceder a la verificación por parte de la Unidad correspondiente del sistema de extinción de incendios, tal y como establece la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Adquirir bolsas autocierre para las pertenencias de las personas detenidas, conforme a lo establecido en la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Guardar en todo caso las pertenencias de las personas detenidas en un lugar donde se proceda a su custodia segura.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Evitar en todo caso el suministro de alimentación a las personas detenidas por terceras personas.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones oportunas a todos los funcionarios para la correcta cumplimentación del Libro Registro y Custodia de Detenidos, anotando todas las vicisitudes que se producen con relación a la persona detenida en esas dependencias, conforme a los establecido en la Instrucción 14/2018, de 27 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se regulan los Libros de Registro Oficiales.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004431

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones oportunas a todos los funcionarios del Puesto de la Guardia Civil de Es Mercadal para que se cumplimente en todo caso y a toda persona detenida que ingrese en la celda de esas dependencias la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado», así como que se facilite copia al detenido y sea archivada física y digitalmente junto con el atestado y la cadena de custodia.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004431

 


Visita al Puesto de la Guardia Civil de Es Mercadal (Menorca).

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, realizaron una visita al Puesto de la Guardia Civil en Es Mercadal (Menorca).

Como consecuencia de dicha visita se han observado las siguientes conclusiones:

1. En estas dependencias la conducción de los detenidos hasta los calabozos se realiza a través de la entrada principal, coincidiendo con el público que acude a estas dependencias para realizar alguna gestión, lo que tiene implicaciones tanto desde el punto de vista de la seguridad como por la exposición que supone de quien, aun privado de libertad, mantiene los derechos fundamentales al honor y a la propia imagen.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

2. En la celda había elementos cuyo uso podría ser peligrosos para la integridad de las personas que allí permanecen, como los agujeros en el ventanuco de la puerta de la celda, puerta no homologada en función de la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención. Esto podría ser utilizado en eventuales intentos de autolesión por personas detenidas.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

3. Respecto al aseo que las personas detenidas utilizan, se observan varias deficiencias. En primer lugar, los sanitarios son de porcelana, material que se ha demostrado que es potencialmente peligroso en caso de ser fracturado, para la integridad de las personas detenidas.

Asimismo, se observa la presencia de una placa turca, cuya existencia en los aseos no resulta adecuada para personas que, por su edad o por sus condiciones físicas, necesiten sentarse en un inodoro.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

4. Además, se observó que el grifo del lavabo no funcionaba correctamente, por lo que la llave de paso se encontraba cortada.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

5. Se detectó la inexistencia de un sistema de llamada en el interior de la celda para que la persona detenida pueda comunicar con facilidad cuando lo precise con el agente de custodia.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

6. Se indicó que no hay sistema de climatización en la celda y se informó que no era necesario debido al poco tiempo que las personas permanecen detenidas en estas dependencias, criterio que esta institución no comparte.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

7. El sistema de videovigilancia no cubre todo el recorrido que ha de realizar la persona detenida desde que entra en estas dependencias. Solo hay cámaras en el pasillo y en la celda, lo que se valora de forma positiva.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

8. El monitor en el que se visualizan las imágenes captadas por las cámaras de la celda, está ubicado en un lugar próximo al mostrador de acceso al puesto y de atención al público. Sería procedente que este monitor se instalara en un lugar en el que los ciudadanos que acudan al puesto no puedan visualizar las imágenes, por motivos de seguridad, intimidad y privacidad.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

9. Durante la visita se informó de que se desconocía el tiempo que se conservaban las imágenes grabadas del sistema de videovigilancia.

Se solicita información sobre este asunto.

10. Se encontraron deficiencias en los medios contra incendios en la zona de la celda. No había sistema de extinción de incendios y, por ende, tampoco su señalización.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

11. Las pertenencias de los detenidos no se guardan en bolsas con un sistema de autocierre para que no sea posible su apertura nada más que por el detenido al abandonar las dependencias.

Se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

12. De igual manera, dichas bolsas se depositan encima de la mesa del agente que realiza la función de custodia, sin que exista un armario taquillero para guardar los mismos de forma individualizada y con las debidas condiciones para una custodia segura.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOPRIMERA.

13. La alimentación es suministrada por una cafetería y se señala que, en ocasiones, la alimentación es suministrada por terceras personas, circunstancia que no debe permitirse en aras de la seguridad.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOSEGUNDA.

14. Con relación a las vicisitudes que se anotan en el Libro digital de custodia de detenidos, son varias las deficiencias encontradas tras el análisis de la documentación recabada: anotaciones indistintas entre el Puesto de la Guardia Civil de Mahón y Mercadal; se desconoce qué ocurre con la persona detenida al finalizar la custodia; no se anotan todas las vicisitudes, solo en ocasiones se apunta la comida, el registro o la salida al médico.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOTERCERA.

15. Otra observación importante es que, durante la visita se indicó que los detenidos no suelen pasar la noche en estas dependencias y que, tras diligencias, son trasladados al Puesto de Mahón. Sin embargo, en las cadenas de custodia, se observa que varias anotaciones se realizan pasadas las 23 horas.

Un ejemplo de lo indicado en esta conclusión y en la anterior es el número de anotación: (…..).

Por tanto, se solicita información sobre este asunto y se indique los motivos de esta circunstancia.

16. En los atestados analizados, no se observa la incorporación de la hoja de información al detenido de la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado». Se indica que dicha Instrucción se realiza con normalidad en el Acuartelamiento de Mahón debido al poco tiempo que pasa en el Puesto de Mercadal. Esta explicación no es óbice para que se cumplan las obligaciones establecidas en las Instrucciones impartidas por la Secretaría de Estado de Seguridad.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOCUARTA.

Decisión

Con base en las conclusiones anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúa respecto del puesto de la Guardia Civil de Es Mercadal, las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Realizar las gestiones oportunas para que las personas detenidas puedan acceder por un lugar distinto a la entrada principal.

SEGUNDA. Proceder a la sustitución de la puerta de la celda que cumpla con lo indicado en la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

TERCERA. Proceder a la rehabilitación íntegra del aseo que utilizan las personas detenidas, sustituyendo los sanitarios existentes por material antivandálico y la plaza turca por un inodoro.

CUARTA. Proceder a la reparación del lavabo para el completo y correcto acceso de la persona detenida cuando lo necesite.

QUINTA. Proceder a la instalación de un llamador o intercomunicador que facilite la comunicación con los agentes de custodia.

SEXTA. Proceder a la instalación de un sistema de climatización adecuado en la celda.

SÉPTIMA. Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia del puesto de manera que se haga extensible a todas aquellas zonas en las que puedan permanecer personas privadas de libertad, incluida la conducción hasta los calabozos, pasillos, con excepción de los aseos y las salas para entrevistas con los abogados.

OCTAVA. Instalar el monitor en el que se visualizan las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia de la zona de custodia en el lugar donde no puedan visualizarse por personas ajenas al Puesto.

NOVENA. Proceder a la verificación por parte de la Unidad correspondiente del sistema de extinción de incendios, tal y como establece la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

DÉCIMA. Adquirir bolsas autocierre para las pertenencias de las personas detenidas, conforme a lo establecido en la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

DECIMOPRIMERA. Guardar en todo caso las pertenencias de las personas detenidas en un lugar donde se proceda a su custodia segura.

DECIMOSEGUNDA. Evitar en todo caso el suministro de alimentación a las personas detenidas por terceras personas.

DECIMOTERCERA. Impartir las instrucciones oportunas a todos los funcionarios para la correcta cumplimentación del Libro Registro y Custodia de Detenidos, anotando todas las vicisitudes que se producen con relación a la persona detenida en esas dependencias, conforme a los establecido en la Instrucción 14/2018, de 27 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se regulan los Libros de Registro Oficiales.

DECIMOCUARTA. Impartir las instrucciones oportunas a todos los funcionarios del Puesto de la Guardia Civil de Es Mercadal para que se cumplimente en todo caso y a toda persona detenida que ingrese en la celda de esas dependencias la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado», así como que se facilite copia al detenido y sea archivada física y digitalmente junto con el atestado y la cadena de custodia

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en las demás conclusiones, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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