Visita al Puesto de la Guardia Civil de Mahón (Menorca).

SUGERENCIA:

Proceder a sustitución de la plaza turca por un inodoro.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Retirar los carteles donde se informa de que el lavabo y urinario destinados a las personas detenidas no funcionan, permitiendo en consecuencia su uso.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Proceder a dictar las instrucciones oportunas para acondicionar las celdas y la retirada de elementos que puedan ser peligrosos para las personas detenidas que allí permanecen, adecuándolas a la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Proceder a la mejora del sistema de videovigilancia añadiendo cámaras en el pasillo y eliminar los ángulos muertos de las cámaras de las celdas.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Garantizar que se proporciona bata o toalla y alfombrilla a los detenidos que son sometidos a un registro con desnudo integral.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Proporcionar a todos los detenidos en todo caso mantas limpias y en cantidad suficiente.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones oportunas para que aquellos detenidos que lo precisen dispongan de ropa adecuada para su presentación en condiciones dignas ante la autoridad judicial, así como productos de higiene femenina.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Proceder a la adaptación del protocolo de prevención de suicidios de la Secretaría de Estado de Seguridad a esas dependencias.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Proceder a la adaptación del protocolo de actuación para mujeres gestantes de la Dirección General a esas dependencias.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones oportunas a todos los funcionarios para la correcta cumplimentación del Libro Registro y Custodia de Detenidos, anotando todas las vicisitudes que se producen con relación a la persona detenida.

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004430

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones oportunas para que los funcionarios cumplimenten de forma correcta la información que debe proporcionarse a la persona detenida, según la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

Fecha: 27/04/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21004430

 


Visita al Puesto de la Guardia Civil de Mahón (Menorca).

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, realizaron una visita al Puesto de la Guardia Civil en Mahón.

Como consecuencia de dicha visita se han observado las siguientes conclusiones:

1. Respecto al aseo que las personas detenidas utilizan, se observa la presencia de una placa turca, cuya existencia no resulta adecuada para personas que, por su edad o por sus condiciones físicas, necesiten sentarse en un inodoro.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

2. Se observó que había carteles en los se informaba de que el lavabo y urinario no funcionaban cuando, en realidad sí lo hacían.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

3. En las celdas había elementos que podrían ser peligrosos para la integridad de las personas detenidas, como el enrejado en la puerta de la celda. Este elemento podría ser utilizado en un eventual intento de autolesión o suicidio por las personas detenidas.

Además, el cierre de la celda tampoco es apropiado ni se ajusta a la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

4. Con relación al sistema de videovigilancia, se observó que no cubre todo el recorrido que realiza la persona detenida desde su entrada a las dependencias. No existe cámara en el pasillo. Además, los monitores de visualización se ubican en la zona de control donde permanecen los agentes, aproximadamente a 25 metros, lo que dificulta el efectivo control de la zona. A esta dificultad se añaden que las cámaras de las dos celdas tienen ángulos muertos.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

5. Según la información recibida, los registros con desnudo integral se llevan a cabo de manera excepcional, pero no se disponía de bata o toalla para proporcionar al detenido en estos casos.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

6. El criterio de entregar a los detenidos mantas ya usadas, no resulta aceptable higiénicamente y menos actualmente por la covid-19.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

7. No se dispone de ropa limpia a disposición de los detenidos que la precisen para que la puesta disposición judicial, o en libertad, en su caso sea en condiciones dignas.

Tampoco disponen de productos de higiene femenina.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

8. Se señala por parte de los agentes, que no disponen de un protocolo de prevención de suicidios, específico de esas dependencias. Esto contrasta con la obligación de custodia segura de las personas detenidas y los agentes deben ser conocedores de la conveniente vigilancia permanente, por ejemplo, de personas detenidas por violencia de género que según las estadísticas presentan mayor riesgo de autolesión.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

9. Tampoco existe protocolo que indique la forma de actuación en caso de detención de mujeres que estén

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

10. Durante el análisis de la documentación, en las hojas de la cadena de custodia recabadas, se pudo observar que, aunque en algunas la información era bastante completa incluso anotando las rondas realizadas, no siempre se anotan en él todas las vicisitudes que se producen en relación con el detenido, como los registros personales, por lo que no queda garantizada la cadena de custodia e incidencias, en los términos establecidos por la Instrucción 14/2018, de 27 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se regulan los Libros de Registro Oficiales.

Se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

11. También se pudo observar que la Instrucción 4/2018, en donde se informa al detenido de cuestiones sobre su permanencia en la celda, no se completaba en diversas ocasiones correctamente. Son varias las deficiencias que se observaron: no consta que fuera informada sobre que su estancia va a ser grabada, o no se indica el método de comunicación entre funcionario y persona detenida.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOPRIMERA.

12. A fin de completar la información disponible sobre procedimientos de actuación de esta dependencia, se solicita sean remitidos los atestados completos de las siguientes personas detenidas y custodiadas en esas instalaciones: D. (…..), Doña (…..) y Doña (…..).

Decisión

Con base en las conclusiones anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúa respecto al Puesto de la Guardia Civil de Mahón, las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Proceder a sustitución de la plaza turca por un inodoro.

SEGUNDA. Retirar los carteles donde se informa de que el lavabo y urinario destinados a las personas detenidas no funcionan, permitiendo en consecuencia su uso.

TERCERA. Proceder a dictar las instrucciones oportunas para acondicionar las celdas y la retirada de elementos que puedan ser peligrosos para las personas detenidas que allí permanecen, adecuándolas a la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

CUARTA. Proceder a la mejora del sistema de videovigilancia añadiendo cámaras en el pasillo y eliminar los ángulos muertos de las cámaras de las celdas.

QUINTA. Garantizar que se proporciona bata o toalla y alfombrilla a los detenidos que son sometidos a un registro con desnudo integral.

SEXTA. Proporcionar a todos los detenidos en todo caso mantas limpias y en cantidad suficiente.

SÉPTIMA. Impartir las instrucciones oportunas para que aquellos detenidos que lo precisen dispongan de ropa adecauda para su presentación en condiciones dignas ante la autoridad judicial, así como productos de higiene femenina.

OCTAVA. Proceder a la adaptación del protocolo de prevención de suicidios de la Secretaría de Estado de Seguridad a esas dependencias.

NOVENA. Proceder a la adaptación del protocolo de actuación para mujeres gestantes de la Dirección General a esas dependencias.

DÉCIMA. Impartir las instrucciones oportunas a todos los funcionarios para la correcta cumplimentación del Libro Registro y Custodia de Detenidos, anotando todas las vicisitudes que se producen con relación a la persona detenida.

DECIMOPRIMERA. Impartir las instrucciones oportunas para que los funcionarios cumplimenten de forma correcta la información que debe proporcionarse a la persona detenida, según la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en las demás conclusiones, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Agradeciendo la colaboración prestada,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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