Visita al Puesto Principal de la Guardia Civil de Ponteareas (Pontevedra).

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas necesarias para que la conducción de detenidos se realice a través de las escaleras ubicadas entre el garaje y los calabozos.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Dotar de un sistema de videovigilancia y videograbación a todas aquellas áreas en las que puedan permanecer las personas privadas de libertad, incluida la conducción hasta el calabozo, con excepción del aseo y la sala para entrevistas con los abogados.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Retirar la tapa del inodoro de la zona del calabozo.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Proporcionar a la dependencia una dotación suficiente de mantas ignífugas.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Dotar las dependencias con bolsas autocierre para las pertenencias de los detenidos.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Dotar a las dependencias de productos de higiene básicos, en especial de medios adecuados de higiene personal femenina.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Dar instrucciones para la completa cumplimentación del Libro Registro y Custodia de Detenidos, anotando todas las vicisitudes que se producen con relación al detenido.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Dotar en el interior de la zona de calabozos de detector de humos.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que todos los agentes que se encuentren en las zonas de control y de calabozos estén debidamente identificados y vigilar el riguroso cumplimiento de esta previsión.

Fecha: 31/10/2019
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19002329

 


Visita al Puesto Principal de la Guardia Civil de Ponteareas (Pontevedra).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución, realizaron de oficio una visita al Puesto Principal de la Guardia Civil de Ponteareas (Pontevedra).

Como consecuencia de dicha visita se ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. En estas dependencias la conducción de los detenidos hasta los calabozos se realiza a través de la entrada principal, coincidiendo con el público que acude a estas dependencias para realizar alguna gestión, lo que tiene implicaciones tanto desde el punto de vista de la seguridad como por la exposición que supone de quien, aun privado de libertad, mantiene los derechos fundamentales al honor y a la propia imagen.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

2. El sistema de videovigilancia cubre únicamente la puerta de entrada al cuartel y del perímetro exterior. No hay cámaras en el resto de las dependencias interiores por las que transitan las personas detenidas ni en el calabozo, por lo que no se cumple con lo establecido en el punto 2 f de la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

3. La tapa del inodoro de la zona del calabozo puede comprometer la seguridad de los detenidos y de los agentes que los custodian.

En consecuencia se formula la SUGERENCIA TERCERA.

4. Se señaló por los agentes la existencia de mantas no ignífugas, lo que podría no garantizar la indemnidad de los detenidos en caso de incendio.

En consecuencia, se formula la SUGERENCIA CUARTA.

5. Las medidas contra incendios se encuentran en el exterior de la zona de calabozos, no en el interior.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

6. Durante la visita se constató que no todos los agentes se encontraban debidamente identificados, lo que debería corregirse, de acuerdo con el criterio manifestado en el parágrafo 90 del Informe Anual 2014 y en el punto 4 a) de la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad

En consecuencia, se formula la SUGERENCIA SEXTA.

7. Durante la visita se comprobó que las pertenencias del detenido no se guardaban en bolsas con un sistema de autocierre para que no sea posible su apertura más que por el propio detenido al abandonar las dependencias, en contra del criterio recogido en el parágrafo 87 del Informe Anual 2014.

En consecuencia, se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

8. Según la información facilitada, cuando es necesaria la práctica de registros que implican el desnudo de los detenidos, no se les proporciona una prenda, bata, manta o similar para cubrirse.

Se le remite a la Recomendación formulada en el expediente ….., con motivo de la visita girada al Puesto de Aranda de Duero (Burgos).

9. Las dependencias no cuentan con un sistema de climatización de frío-calor en la zona de calabozos. El criterio general del MNP, de acuerdo con lo expresado en el parágrafo 97 del Informe Anual 2014, es el de evaluar la temperatura existente en los calabozos a lo largo de todo el año, a fin de evitar oscilaciones excesivas de la misma.

10. No se observaron medios adecuados de higiene personal para los detenidos, como toallas, y, en especial, medios de higiene íntima personal para las mujeres detenidas, en contra del criterio expresado en el parágrafo 94 del Informe Anual.

En consecuencia, se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

11. En el examen del Libro de Registro y Custodia de Detenidos se pudo observar que no siempre se consignan en él todas las vicisitudes que se producen en relación con el detenido (el cacheo previo a la entrada en calabozos o la alimentación que se facilita), por lo que no queda garantizada la cadena de custodia e incidencias.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

12. En la Relación-Resumen de detenidos del año 2018 no se consignan los datos de «fecha de salida» y/o «destino» del detenido con número de orden … y …; en la Relación-Resumen del año 2019 no se consignan las mismas casillas respecto de los detenidos con número de orden … y ….

13. Asimismo, se evidenció que en el Libro Registro de Menores no se habían cumplimentado los apartados relativos a la alimentación y asistencia médica en el año 2017 y 2018.

14. En el momento de la visita no se disponía del formulario de información al detenido relativo a la Instrucción 4/2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad, en el que se informa, entre otras cuestiones, de la existencia de cámaras de videovigilancia y de su grabación mediante las que estará permanente vigilado, la forma de comunicación con el personal de custodia, horario de comidas que serán suministradas y, en su lugar, utilizaban la hoja de información de la anterior Instrucción  12/2015.

Se entiende que la falta de consignación de información abordadas en estas  conclusiones se habrá subsanado con la digitalización de los libros registro.

15. Con carácter ilustrativo y al objeto de formar criterio de alcance general del proceso completo de privación de libertad de (…..) desde las ..:.. horas del día 17 de noviembre de 2017 a las ..:.. horas del día 18 de noviembre de 2018, se solicita la remisión de las diligencias completas.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto del Puesto Principal de la Guardia Civil de Ponteareas, las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Adoptar las medidas necesarias para que la conducción de detenidos se realice a través de las escaleras ubicadas entre el garaje y los calabozos.

SEGUNDA. Dotar de un sistema de videovigilancia y videograbación a todas aquellas áreas en las que puedan permanecer las personas privadas de libertad, incluida la conducción hasta el calabozo, con excepción del aseo y la sala para entrevistas con los abogados.

TERCERA. Retirar la tapa del inodoro de la zona del calabozo.

CUARTA. Proporcionar a la dependencia una dotación suficiente de mantas ignífugas.

QUINTA. Dotar en el interior de la zona de calabozos de detector de humos.

SEXTA. Dar indicaciones para que todos los agentes que se encuentren en las zonas de control y de calabozos estén debidamente identificados y vigilar el riguroso cumplimiento de esta previsión.

SÉPTIMA. Dotar las dependencias con bolsas autocierre para las pertenencias de los detenidos.

OCTAVA. Dotar a las dependencias de productos de higiene básicos, en especial de medios adecuados de higiene personal femenina.

NOVENA. Dar instrucciones para la completa cumplimentación del Libro Registro y Custodia de Detenidos, anotando todas las vicisitudes que se producen con relación al detenido.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que justifiquen su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en el resto de las conclusiones.

Con esta misma fecha, y a efectos meramente informativos, se da traslado al responsable de las dependencias visitadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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