27/11/2015
La Junta Electoral Central ha respondido al Defensor del Pueblo que, en las candidaturas presentadas para las elecciones del 20 diciembre, no figura ningún condenado por terrorismo u otros delitos que inhabiliten a los candidatos.
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, se dirigió el pasado 17 de noviembre al presidente de la Junta Electoral Central, Carlos Granados, para que se evitara que los condenados por delitos de terrorismo puedan presentar su candidatura a las próximas elecciones generales convocadas para el 20 de diciembre.
En su respuesta, la Junta Electoral Central subraya que “la información aportada por la Audiencia Nacional permite comprobar que no está afectado por esas condenas ninguno de los candidatos proclamados por las respectivas Juntas Electorales Provinciales de los territorios afectados”.
La Defensora del Pueblo recordó que el artículo 6.2.b de la Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral General establece que son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de terrorismo cuya pena contemple inhabilitación para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo.
Según la ley, tampoco pueden ser elegidos aquellos condenados cuya sentencia establezca inhabilitación absoluta, especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal.
Con esta actuación, la Institución quiere que se garantice el pleno cumplimiento de la ley en una cuestión que hiere la sensibilidad ciudadana y especialmente a las víctimas de terrorismo.