16/09/2016

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado que las personas con discapacidad no tendrán que presentar un certificado médico como requisito para excusarse de formar parte de una Mesa Electoral, como pidió el Defensor del Pueblo.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge en su edición del viernes 16 de septiembre que, “siguiendo la recomendación del Defensor del Pueblo”, ha modificado las causas que eximen de la obligatoriedad de formar parte de una mesa electoral.

La última instrucción de la JEC detalla que “la aportación por el interesado de la declaración de discapacidad, cualquiera que sea el grado de esta, bastará para la aceptación de la excusa por la Junta Electoral de Zona, sin que resulte necesario aportar certificado médico en el que se detallen las limitaciones que impidan o dificulten el desempeño de las funciones de miembro de una Mesa Electoral”.

El Defensor del Pueblo solicitó este cambio en agosto las tras quejas presentadas por personas con discapacidad cuya solicitud de excusarse de una Mesa Electoral había sido rechazada por las respectivas Juntas Electorales de Zona, por no incluir un certificado médico pese a tener reconocida oficialmente su discapacidad.

La instrucción publicada hoy en el BOE entra en vigor mañana, lo que facilitará que las personas con discapacidad que lo deseen, puedan excusarse de formar parte de las mesas electorales de las elecciones de Galicia y País Vasco del próximo 25 de septiembre.


DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

16/09/2016. Instrucción 3/2016, de 14 de septiembre, de la Junta Electoral Central, de modificación de la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, sobre interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales.

28/11/2014. Recomendación, formulada a la Junta Electoral Central, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales

 


El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.