Publicada la lista de Oficinas de Atención al Ciudadano que cumplirán las condiciones de accesibilidad Universal

04/01/2016

La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el listado de las Oficinas de Atención al Ciudadano que reunirán las condiciones de accesibilidad universal, tal y como solicitó el Defensor del Pueblo.

 A petición del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), el Defensor del Pueblo solicitó a la Secretaría de Estado que informara de los planes de adaptación gradual de las Oficinas para garantizar la accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.

En respuesta al Defensor del Pueblo, el Ministerio ha publicado una lista que detalla la relación de todas las oficinas -desde las sedes centrales de los Ministerio hasta las dependencias de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria en todas las provincias y ciudades autónomas- que cumplirán los requisitos del Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, que garantizan la accesibilidad universal.

El resto de oficinas, sedes y dependencias de la Administración del Estado no incluidas en esta relación deberán también ser accesibles, pero sin necesidad de cumplir con las mayores y suplementarias medidas exigidas para las dependencias con accesibilidad universal cuya misión es la atención directa a la ciudadanía.

Las oficinas de atención al ciudadano que han de ajustarse a las condiciones de accesibilidad universal serán,  como mínimo,  las siguientes:

 a) Una oficina al menos de información general en Madrid capital por cada uno de los Departamentos Ministeriales.

b) Una oficina de atención en cada una de las sedes centrales en Madrid capital del Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal, y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

c) Al menos una oficina central de atención en Madrid capital de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de la Mutualidad General Judicial y del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

d) Una oficina en cada capital de provincia y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

e) Una oficina de atención en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y del Servicio Público de Empleo Estatal.

f) Una oficina de atención en cada provincia de las Jefaturas Provinciales de Tráfico.

g) Cuando dispongan de oficina de expedición de DNI y Pasaporte, una comisaría en cada capital de provincia, en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, y en aquellas ciudades que superen los 100.000 habitantes.

h) Una oficina en cada capital de provincia y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

i) Una oficina de atención en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla de las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


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