Declaración de la Asociación de Ombudsman del Mediterráneo (AOM) sobre migraciones. La Valeta (República de Malta), 10 de marzo de 2016
Nosotros, las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores, reunidos en La Valeta (República de Malta) el 9 y el 10 de marzo de 2016, con motivo de la 9ª Reunión de la Asociación de Ombudsman del Mediterráneo (AOM);
Reconociendo la importancia del derecho internacional en el ámbito de los derechos humanos y las libertades fundamentales y el deber de los Estados de respetar esas normas y obligaciones,
Recordando la Declaración adoptada por la AOM en Tirana el 27 de junio de 2014, sobre Migraciones y Asilo en los países del Mediterráneo,
Afirmando el compromiso de las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores en la protección y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales, sin fronteras, bajo el papel distintivo de nuestras instituciones independientes en el panorama institucional nacional e internacional,
Preocupados por la situación humanitaria ligada a la crisis migratoria en los países del Mediterráneo, que está provocando graves violaciones de derechos humanos en las zonas afectadas por conflictos armados y pobreza, agravada por la incapacidad demostrada por los países de tránsito y de destino para dar una respuesta coherente y coordinada mediante la movilización de recursos logísticos, humanos y financieros,
Considerando a la AOM como la institución más adecuada para intervenir en la gestión de la crisis actual, especialmente en los países de origen, tránsito y destino de migrantes y refugiados, debido a su proyección geográfica,
Declaramos:
1. La AOM anima a todas las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores a vigilar y controlar que los Estados y actores no gubernamentales respeten las normas y obligaciones del derecho internacional sobre derechos humanos y refugiados, entre ellos, la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de 1967.
2. La AOM reclama que todos los Estados garanticen a los refugiados y migrantes un acceso efectivo y no discriminatorio a sus derechos, incluido el procedimiento de asilo.
3. La AOM pide a sus socios nacionales e internacionales que combatan los discursos del odio y la xenofobia, que vulneran los derechos de los refugiados y atentan contra los valores fundamentales y los principios de diversidad, tolerancia y de convivencia sobre los que se asientan nuestras sociedades.
4. La AOM se compromete a trabajar en estrecha colaboración con los asociados nacionales e internacionales que operan en los países afectados por la crisis, especialmente con la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales internacionales, para fortalecer las garantías y los recursos destinados a satisfacer las necesidades de las poblaciones vulnerables, en particular, niños, mujeres, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTI y víctimas de tortura.
5. En concreto, en el caso de los menores no acompañados, las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores deben cooperar entre sí y con todas las autoridades competentes para garantizar los derechos fundamentales de estos menores, para satisfacer sus necesidades específicas y para facilitar el reagrupamiento familiar.
6. Todos los refugiados deben tener en los países de tránsito y destino toda la información relativa a sus derechos y la posibilidad de beneficiarse del apoyo de las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores.
7. Para garantizar un seguimiento eficaz de las quejas y reclamaciones de los migrantes y refugiados que involucran a las autoridades de los países de tránsito y destino, las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores se comprometen a tener una comunicación y una colaboración estrecha para transmitir las quejas entre los miembros y asociados.
8. En su doble condición de defensores y promotores de derechos, las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores piden a los Estados que adopten un enfoque de derechos humanos para que cuando tomen decisiones relativas a la crisis migratoria y a la seguridad, no pongan en riesgo las garantías fundamentales en materia de libertades individuales, en los países de tránsito y de destino.
9. Teniendo en cuenta el desafío que supone el proceso de integración a largo plazo, las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores apelan a los Estados a desarrollar urgentemente políticas de integración que permitan a los migrantes y a los refugiados contribuir mejor a la economía de los países de acogida y aportar un auténtico valor añadido en términos de diversidad.
Respecto a las personas que sean devueltas a sus países de origen, las instituciones de Defensores del Pueblo y de Mediadores reclaman a los Estados y a los actores intergubernamentales que apoyen su integración, que garanticen su dignidad en los procedimientos de retorno, y que eviten las repatriaciones a los países donde su seguridad no esté acreditada, según establece Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.)