Resolución adoptada por el defensor del pueblo (e. f.) sobre la solicitud de recurso de inconstitucionalidad formulada contra el artículo 66 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, por el que se da nueva redacción al artículo 30 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
De acuerdo con el informe emitido por la Junta de Coordinación y Régimen Interior, en su reunión de 25 de marzo de 2021, el Defensor del Pueblo (e. f.), en el ejercicio de la atribución que le confieren los artículos 162.1.a) de la Constitución, 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y 29 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución, ha resuelto no interponer el recurso de inconstitucionalidad solicitado contra el artículo 66 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2021, por el que se da nueva redacción al artículo 30 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre el patrimonio.
Madrid, 25 de marzo de 2021
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