Recurso de inconstitucionalidad núm. 2/1986, interpuesto el 14 de abril de 1986, contra el inciso “con preferencia de quienes ostenten la condición de más representativos con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical”, contenido en el artículo 3, párrafo 1º de la Ley 4/1986, de 8 de enero, sobre cesión de bienes del Patrimonio Sindical acumulado y contra el artículo 5.2 de la misma.


–Desestimado– (Núm. recurso del Tribunal Constitucional: 440-1986)

SENTENCIA 75/1992, de 14 de mayo, dictada en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Defensor del Pueblo contra los artículos 3 y 5.2. de la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del Patrimonio Sindical Acumulado.



Descarga los archivos

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.