Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 21 de marzo de 2018, en relación con la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 32 de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalidad Valenciana (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana, núm. 8202, de 30 de diciembre de 2017)


En virtud de cuanto antecede, y oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, en su reunión de 21 de marzo de 2018, el Defensor del Pueblo, de acuerdo con la legitimación que le confieren los artículos 162.1.a) de la Constitución, el 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y el 29 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que regula esta institución, ha resuelto no interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalidad Valenciana. 

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