Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 22 de octubre de 2020, en relación con la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra Ley 5/2020, de 3 de agosto, de la Región de Murcia, de mitigación del impacto socioeconómico del covid-19 en el área de medio ambiente. (Boletín Oficial de la Asamblea Regional de Murcia, núm. 39, de 30 de julio de 2020)


En virtud de cuanto antecede, y oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, el Defensor del Pueblo, de acuerdo con la legitimación que le confieren los artículos162.1.a) de la Constitución, el 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y el 29 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que regula esta institución, ha resuelto no interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto socioeconómico del covid-19 en el área de medio ambiente de la Región de Murcia.

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