Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 28 de marzo de 2017, con motivo de la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo único de la Ley Foral 29/2016, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas locales de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, núm. 251, de 31 de diciembre de 2016)


Sentados estos presupuestos, y de acuerdo con la opinión unánime de la Junta de Coordinación y Régimen Interior, en su reunión del día 28 de marzo de 2017 y con pleno respeto a cualquier otra opinión diferente, la Defensora del Pueblo resuelve, en relación con lo contenido en el artículo 162.1 a) de la Constitución Española y el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el artículo único de la Ley Foral 29/2016, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

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