Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 30 de octubre de 2018, en relación con la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género (Boletín Oficial del Estado, núm. 188, de 4 de agosto de 2018)


En virtud de cuanto antecede y oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, en su reunión de 30 de octubre de 2018, el Defensor del Pueblo (e. f. ), de acuerdo con la legitimación que le confieren los artículos 162.1.a) de la Constitución, el 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y el 29 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que regula esta Institución, ha resuelto no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto (Boletín Oficial del Estado número 188, de 4 de agosto), de Medidas Urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

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