Resolución adoptada por el Defensor del pueblo (e.f.), el 23 de julio de 2020, con motivo de la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (Boletín Oficial del Estado, núm. 119, de 29 de abril de 2020)


Previo el preceptivo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior en su reunión del día 23 de julio de 2020, y con pleno respeto a cualquier otra opinión diferente, el Defensor del Pueblo (e.f.) resuelve en relación con la previsión contenida en el artículo 162.1.a) de la Constitución española y el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (Boletín Oficial del Estado número 119, de 29 de abril).

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