Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo (e.f.) el 8 de abril de 2020, con motivo de la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto-ley 2/2019, de 26 de diciembre, de la Región de Murcia, de Protección integral del Mar Menor (Boletín Oficial de la Región de Murcia núm. 298, de 27 de diciembre 2019)


En virtud de cuanto antecede, y oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, el Defensor del Pueblo, de acuerdo con la legitimación que le confieren los artículos 162.1.a) de la Constitución, el 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y el 29 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que regula esta institución, ha resuelto no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el apartado 1 de la disposición adicional octava del Decreto-ley 2/2019, de 26 de diciembre, de la Región de Murcia, de Protección integral del Mar Menor.

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