Texto
Se ha recibido escrito de esa Delegación, referido a la queja arriba indicada, así como la contestación remitida por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía.
Consideraciones
1. Parece necesario resolver el debate competencial que existe en torno a determinadas cuestiones de este expediente y, en concreto, sobre la retirada, almacenamiento o depósito de los artefactos flotantes por el río Guadalquivir y la convocatoria de la Comisión de Seguimiento establecida en el Protocolo de Colaboración para la protección y recuperación de la anguila europea.
2. Tras los años que se lleva tramitando este expediente, sin haber conseguido avances significativos, esta institución aprecia que resulta imprescindible la colaboración, la cooperación y la coordinación de las dos administraciones (la estatal y la autonómica), en los términos exigidos en los artículos 3, 140 y siguientes de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante reuniones o intercambio de información entre los técnicos de cada organismo implicado para realizar una valoración conjunta del problema actual de la pesca ilegal de la angula en el río Guadalquivir y de la aparente falta de utilidad y/o de cumplimiento del Protocolo de actuación, aprobado hace ya 6 años.
Decisión
Por todo lo anterior, y de conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, se formula a esa Delegación del Gobierno en Andalucía y a la citada Consejería las siguientes:
SUGERENCIAS
1. Adoptar las medidas de colaboración necesarias para impulsar una actuación coordinada de los técnicos de cada una de las administraciones competentes.
2. Fijar un criterio coincidente y conforme a derecho acerca de la cuestión competencial debatida, para conseguir que cada Administración actúe eficazmente, se consigan retirar los artefactos flotantes y se convoque la Comisión de Seguimiento del Protocolo para la protección y recuperación de la angula en el río Guadalquivir. Todo ello en atención a los principios de eficacia y colaboración administrativa en defensa de los intereses generales y la protección del medio ambiente.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las SUGERENCIAS, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)