Texto
Se ha recibido escrito de esa Alcaldía, referido a la queja arriba indicada.
Consideraciones
En el año 2009 se realizó un Plan Acústico Municipal que incluía la realización de determinadas actuaciones para mejorar la contaminación acústica en la localidad pero parece que ninguna de ellas se haya llevado a la práctica. Por tanto, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se hizo el Plan así como lo previsto en el artículo 25.2.b de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y el precepto 6 de la Ley 37/2003 del Ruido, parece preciso que se actualice la información del citado Plan Acústico para ajustarlo a la presente realidad y se redacte una nueva Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica en el municipio de Hellín por parte de los servicios técnicos municipales de urbanismo y medio ambiente.
Decisión
De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, esta institución ha resuelto formular a ese Ayuntamiento las siguientes:
SUGERENCIAS
1. Aprobar una nueva Ordenanza de Protección contra la contaminación acústica, que se ajuste a la Ley 37/2003 del Ruido.
2. Actualizar el Plan Acústico Municipal y llevar a cabo las actuaciones allí previstas para minimizar la producción y transmisión de ruidos en la localidad.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las SUGERENCIAS, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo