Garantía de presencia constante de agentes en la zona de calabozos cuando hay detenidos, en la Comisaría Local del Cuerpo Nacional de Policía de Medina del Campo (Valladolid)

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 16007382


Texto

Dentro del marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el pasado día 25 de mayo de 2016, dos técnicos de esta institución realizaron una visita a la Comisaría Local del CNP de Medina del Campo (Valladolid).

Consideraciones

Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan las conclusiones y buenas prácticas observadas durante dicha visita.

Decisión

Con base en las conclusiones núms. 1 y 6 y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se efectúan las siguientes

SUGERENCIAS

1. Adoptar medidas en la Comisaría Local del CNP de Medina del Campo (Valladolid) para que haya presencia constante de agentes en la zona de calabozos cuando tengan detenidos, pudiendo así prestar asistencia inmediata de los agentes en caso de darse una situación que lo requiera, de acuerdo con lo señalado en el parágrafo 84 del Informe Anual 2014 del MNP.

2. Dar indicaciones para que, en la Comisaría Local del CNP de Medina del Campo (Valladolid), se deje constancia de la práctica de registros, superficiales o integrales en el Libro de Registro y Custodia de Detenidos, conforme a lo establecido en la Instrucción 12/2009 de la Secretaría de Estado de Seguridad y con el criterio expuesto en el parágrafo 86 del Informe Anual 2014.

En atención a todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información en el sentido de si se aceptan o no las SUGERENCIAS formuladas y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación, así como con relación a las otras conclusiones que se detallan en el informe técnico adjunto.

Con esta misma fecha, se da traslado al responsable de la dependencia visitada de las Sugerencias y conclusiones remitidas a esa Dirección General.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

 

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