Asistencia farmacológica.

RECOMENDACION:

Garantizar el suministro a los internos procedentes de los CIE la medicación y posología pautada por los facultativos de los Servicios Médicos operativos en los mismos, con independencia del Centro de Internamiento del que sean trasladados y evitar los perjuicios que la supresión de dicha farmacología podría ocasionar a los pacientes, al resto de internos así como al personal de dichos establecimientos.

Fecha: 05/07/2019
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18013396

 


Asistencia farmacológica.

Se agradece el escrito de contestación a las cuestiones remitidas con motivo de la supervisión del traslado de ciudadanos extranjeros, efectuado el día 18 de agosto de 2018, desde el Aeropuerto de Tenerife Norte al CIE de Madrid.

Consideraciones

1. Se toma nota de la información facilitada con relación a la conclusión 2 (intérpretes).

2. Respecto a la conclusión 7, se informa de que los tratamientos médicos y la prescripción de medicamentos en los CIE se llevan a cabo por el personal sanitario adscrito al mismo, y en todos los casos, al ser internados en alguno de ellos, deben ser examinados por facultativos, independientemente de donde provengan, para la continuación o supresión de los tratamientos prescritos con anterioridad por otro facultativo.

3. Esta institución debe mostrar su disconformidad con la práctica de que el suministro de medicación quede a la espera de que ésta se suministre por el personal sanitario de esas dependencias, a pesar de haber sido ya prescrita por un facultativo de la misma empresa prestataria de los Servicios Médicos en todos los CIE, dependientes de esa Dirección General.

4. Todo ello, además, con el perjuicio que puede ocasionar la falta de suministro de medicación tanto al ciudadano trasladado, como a los internos y personal del CIE de Madrid.

5. Consultada la cuestión con un técnico externo (médico forense) que colabora habitualmente con esta institución en la visita a lugares de privación de libertad, asegura que la supresión brusca de los fármacos antipsicóticos, antiepilépticos y ansiolíticos pautados a dicho ciudadano, podrían producir la aparición de crisis, originar síntomas de abstinencia (ansiedad, insomnio dolor de cabeza, diarrea, etcétera), así como riesgo de recaídas o empeoramientos del paciente al que se le ha pautado.

Decisión

Por todo lo expuesto y, al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúa a esa Dirección General la siguiente

RECOMENDACIÓN

Garantizar el suministro a los internos procedentes de los CIE la medicación y posología pautada por los facultativos de los Servicios Médicos operativos en los mismos, con independencia del Centro de Internamiento del que sean trasladados y evitar los perjuicios que la supresión de dicha farmacología podría ocasionar a los pacientes, al resto de internos así como al personal de dichos establecimientos.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como, en caso negativo, las razones que pudieran justificar su no aceptación.

Agradeciendo la colaboración que presta a esta institución,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.