Entrada al territorio a un solicitante de apatridia, por motivos humanitarios.

SUGERENCIA:

Autorizar la entrada a territorio español de don (…..) por motivos humanitarios, quien se encuentra detenido en la sala de inadmitidos del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas desde el 2 de octubre de 2020, hasta la finalización de la tramitación del procedimiento para el reconocimiento del estatuto de apátrida, que está siendo estudiado por la Oficina de Asilo y Refugio.

Fecha: 17/12/2020
Administración: Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20032029

 


Entrada al territorio a un solicitante de apatridia, por motivos humanitarios.

Se ha dirigido a esta institución el ciudadano saharaui, don (…..), solicitante del estatuto de apátrida, que lleva detenido en la sala de inadmitidos del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas desde el 2 de octubre de 2020.

Según se ha indicado, está previsto un vuelo de devolución a Túnez mañana viernes, 18 de diciembre de 2020.

Consideraciones

1. Tras la visita realizada en marzo de 2019 a las salas de asilo y rechazados del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, por técnicos de esta institución se formularon a esa Comisaría General una serie de sugerencias relacionadas con las condiciones de las citadas instalaciones. Se destacaban como principales deficiencias las limitaciones para acceder al equipaje de mano, restricciones en el uso de los teléfonos móviles y la carencia completa de iluminación natural.

2. Asimismo, se trasladó la preocupación del Defensor del Pueblo sobre la falta de regulación específica de las condiciones en las que puede llevarse el ingreso de personas en ellas, así como las obligaciones y derechos que le asisten durante su estancia y se formuló un Recordatorio de deberes legales, en el sentido de abstenerse de imponer condiciones de privación de libertad más gravosas de las expresamente previstas en las leyes.

3. Las condiciones de privación de libertad que padece don (…..), resultan especialmente gravosas a la vista del tiempo transcurrido y de la inadecuación de las instalaciones donde permanece, que carecen de los requisitos mínimos para una detención de tan larga duración. Asimismo, ha de tenerse en cuenta que en el presente caso está en trámite un procedimiento para el reconocimiento del estatuto de apátrida, que está siendo estudiado por la Oficina de Asilo y Refugio.

4. En este sentido, resulta especialmente relevante que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) haya remitido a la Oficina de Asilo y Refugio dos informes en los que se posiciona a favor de la concesión del estatuto de apátrida.

5. El ACNUR ha solicitado el inicio del procedimiento de apatridia y la autorización de la entrada en España para su formalización y tramitación, teniendo especialmente en cuenta los indicios que se desprendían del expediente y de la documentación aportada, que apuntaban a una carencia de nacionalidad. Se cita también la Sentencia núm. …../2020, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Quinta, de 23 de julio, en la que se admite la posibilidad de iniciar un procedimiento de apatridia mientras el solicitante se encuentre en un puesto fronterizo, tramitando un procedimiento de protección internacional.

6. Esta queja reúne los requisitos formales establecidos en el artículo 54 de la Constitución y en los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución.

Decisión

1. Se admite a trámite la queja.

2. En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.I. la siguiente:

SUGERENCIA

Autorizar la entrada a territorio español de don (…..) por motivos humanitarios, quien se encuentra detenido en la sala de inadmitidos del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas desde el 2 de octubre de 2020, hasta la finalización de la tramitación del procedimiento para el reconocimiento del estatuto de apátrida, que está siendo estudiado por la Oficina de Asilo y Refugio.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa Comisaría General y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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