Información urbanística Facilitar la información sobre el plan parcial de una urbanización

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Ayuntamiento de Manzanares el Real (Madrid)

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 16002021


Texto

Se ha recibido escrito de 21 de diciembre de 2016, referido a la queja registrada en esta institución con el número arriba indicado.

Consideraciones

1ª.- Como recordará, el 15 de marzo de 2016 se iniciaron las presentes actuaciones porque ese Ayuntamiento no había contestado expresamente a la instancia presentada por el interesado el 30 de julio de 2015 (registro de entrada nº …../2015), solicitando información urbanística sobre la construcción de una vivienda en la parcela sita en calle (…..) de esa localidad.

También se iniciaron estas actuaciones porque seguía sin contestarse al escrito presentado 5 de enero de 2016 (registro de entrada nº …./2016) en el que solicitó la vista del expediente del Plan Parcial de la Urbanización Peña El Gato.

2ª.- Ese Ayuntamiento ha contestado a esta institución diciendo que la solicitud que presentó el interesado el 20 de abril de 2016 (con R.E. nº ….), fue contestada expresamente con el “Oficio de la Alcaldía del 28 de abril de 2016, con R. Salida nº …., dirigido a D. (…..), remitiendo la documentación solicitada por él en escrito anteriormente relacionado” siendo que el primer párrafo de éste dice textualmente: “En contestación a la petición cursada por D. (…..), con fecha de Registro de Entrada 27 de abril de 2016 y Nº ….”.

3ª.- A la vista de la información facilitada por ese Ayuntamiento, hay que pensar que se ha podido producir un error, ya que todavía siguen sin ser contestados expresamente los escritos de 30 de julio de 2015 (registro de entrada nº …./2015) y 5 de enero de 2016 (registro de entrada nº …./2016), como esta institución ha venido reclamando reiteradamente a lo largo del pasado año. También hay serias dudas de que no se haya atendido debidamente la solicitud de información urbanística que pidió el interesado el 20 de abril de 2016 (con R.E. nº ….).

4ª.- Por otro lado, en una nueva carta que ha enviado el formulante de la queja al Defensor del Pueblo, manifiesta que ese Ayuntamiento no le ha facilitado todavía la copia del “plano de aportación de fincas matrices al plan parcial” documento que está en poder de ese Ayuntamiento puesto que es parte fundamental del desarrollo y aprobación de cualquier plan parcial.

5ª.- El artículo 17.2 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, por la que se rige esta institución, dispone que el Defensor del Pueblo velará porque la Administración resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados, cumpliendo así lo que estaba dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que ha estado en vigor hasta que el pasado 3 de octubre fue sustituido por el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6ª.- El interesado presentó sus solicitudes de información al amparo del derecho que le asiste de acceder a los archivos y registros administrativos consagrado en el artículo 106 de la Constitución.

Decisión

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo ha resuelto formular la siguiente:

SUGERENCIA

Facilitar al interesado la información que ha solicitado en sus escritos de 30 de julio de 2015 (registro de entrada nº …./2015), 5 de enero de 2016 (registro de entrada nº …/2016) y 20 de abril de 2016 (con registro de entrada nº ….) y la copia del “plano de aportación de fincas matrices al plan parcial” de la Urbanización (…)l.

De conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se solicita que comunique a esta institución si acepta o no la SUGERENCIA formulada, indicando, en este último supuesto, las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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