Obras de reforma en los calabozos del Puesto de la Guardia Civil de San Lorenzo de El Escorial (Madrid)

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Secretaría de Estado de Seguridad. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Sin Respuesta

Queja número: 17004343


Texto

Tuvo conocimiento esta institución de las deficiencias que afectaban a los calabozos del Puesto de la Guardia Civil de San Lorenzo de El Escorial.

Consideraciones

1. Se inició una actuación de oficio con la Dirección General de la Guardia Civil, solicitando informe sobre la falta de calefacción y la escasez de mantas en los calabozos de dicha dependencia, por lo que los detenidos que pernoctaban en invierno, o permanecían en los mismos durante varias horas, tenían que soportar un frío extremo.

2. La citada Dirección General, en escrito de fecha 30 de agosto de 2017, número ….., informa lo siguiente:

“El Centro de Detención del Acuertelamiento de San Lorenzo del Escorial consta de dos calabozos, uno individual y otro para dos personas y un cuarto de baño con placa turca. El espacio donde se sitúa carece de la altura necesaria para instalar el sistema de ventilación y climatización indicada en los criterios de la Instrucción 11/2015, de la Secretaría de Estado de Seguridad, sobre ‘Instrucción Técnica para el diseño y la construcción de áreas de detención’.

Como alternativa viable para cumplir con los citados criterios, el Acuertelamiento dispone de un espacio en el garaje, situado a la cota de la calle, donde podrían construirse unos nuevos calabozos. El Acuertelamiento cuenta con otro garaje, por lo que no supondría un inconveniente la nueva ubicación, y además dejaría de estar situado bajo los pabellones. Se ha realizado una estimación de coste de 186.926,85 euros, instalando nueve calabozos.

No obstante se significa que en el Plan Plurianual de Inversiones de Infraestructuras, a día de la fecha, no consta prevista dicha actuación”.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formula a V.E. la siguiente:

SUGERENCIA

Incluir en el Plan Plurianual de Inversiones de Infraestructuras la dotación presupuestaria necesaria para acometer las obras de reforma de los calabozos del Puesto de la Guardia Civil de San Lorenzo de El Escorial.

En consecuencia, prosigue la actuación DE OFICIO solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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