Carrera profesional del personal sanitario de la Comunidad de Madrid

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Consejería de Sanidad. Comunidad de Madrid

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 16003210


Texto

Ha tenido entrada en esta institución escrito de 8 de julio, remitiendo informes de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, y de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, relativos a la queja registrada con el número de expediente arriba reseñado.

Consideraciones

A la vista del contenido de su referido escrito, esta institución se ve en la obligación de someter a esa Consejería las siguientes consideraciones como fundamento de la resolución con la que concluye esta comunicación:

1. Por Acuerdo de 25 de enero de 2007, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se aprobó el Acuerdo de 5 de diciembre de 2006 alcanzado en la Mesa Sectorial de Sanidad entre la Consejería de Sanidad y Consumo y las Organizaciones Sindicales presentes en la misma sobre carrera profesional de licenciados sanitarios y diplomados sanitarios de la Comunidad de Madrid, publicándose en el BOCM de 7 de febrero de 2007.

2. La aplicación de tales derechos quedó en suspenso a raíz de la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2010 y fue recogida en las sucesivas leyes de presupuestos incluida la última correspondiente al presente ejercicio de 2016, razón por la cual sigue sin producirse el reconocimiento y pago de los niveles de carrera profesional.

3. El pasado 10 de diciembre de 2015, la Asamblea de Madrid aprobó una moción sobre recursos humanos en la sanidad madrileña, que entre otros compromisos recogía el de la inmediata reactivación de la Carrera Profesional para el personal titulado superior sanitario.

4. Por los Servicios Jurídicos de esa Comunidad se ha emitido informe concluyendo lo siguiente:

4.1. Que debe aplicarse automáticamente el nivel de carrera o promoción profesional reconocido en otros servicios de salud a aquellos profesionales estatutarios fijos de otros servicios de salud que se incorporen a la Comunidad de Madrid.

4.2. Que la suspensión de carrera y promoción profesional efectuada en las diversas leyes de Presupuestos de la Comunidad de Madrid lo es únicamente a efectos económicos. Por tanto, sería factible que las Comisiones de Evaluación pudieran actuar, y que la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales pudiera emitir las correspondientes resoluciones de reconocimientos de nivel, sin efectos económicos.

Decisión

Con arreglo a las consideraciones que preceden, esta institución, al amparo de lo previsto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo, ha decidido formular las presentes:

RECOMENDACIONES

1. Reactivar la carrera profesional y proceder a la creación de las Comisiones de Evaluación allá donde no estén funcionando, así como al nombramiento de la Comisión Central de Evaluación de la misma.

2. Proceder a la evaluación y reconocimiento de los nuevos niveles de carrera obtenidos.

Agradeciéndole la acogida que dispense a estas Recomendaciones y a la espera de la información que sobre su aceptación ha de ser remitida según prevé el ya citado artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981,

le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.