Extranjero presuntamente menor Traslado de un Centro de Internamiento de Extranjeros a un centro de protección de menores

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 18002612


Texto

Se ha dirigido a esta institución el letrado arriba indicado, exponiendo la situación del presunto menor de edad, de nacionalidad guineana, (……), interno en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Valencia para su devolución a su país de origen.

Consideraciones

1. En el escrito recibido se acompaña copia de la comunicación del Comité de Derechos del Niño en la que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, se ha solicitado a España la no devolución del interesado a su país de origen y su transferencia a un centro de menores, mientras el caso se encuentre pendiente de examen ante el Comité. Se adjunta copia de la comunicación efectuada.

2. El artículo 11 del Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones de la Convención de los Derechos del Niño establece que el Estado parte dará la debida consideración al dictamen del Comité, así como a sus eventuales recomendaciones y le enviará una respuesta por escrito que incluya información sobre las medidas que hayan adoptado o tengan previsto adoptar a la luz del dictamen y las recomendaciones del Comité.

3. La materialización de la expulsión del interesado a Guinea Conakry, sin esperar a que la autoridad competente haya dado respuesta por escrito a la comunicación del Comité y a que este último haya evacuado su dictamen, contraviene las obligaciones internacionales suscritas por España como Estado Parte de la Convención de los Derechos del Niño y del citado Protocolo Facultativo.

Decisión

El Defensor del Pueblo, en atención a lo establecido en el artículo 30.1 de nuestra Ley Orgánica reguladora, ha estimado procedente formular a V.I. la siguiente:

SUGERENCIA

Cesar el internamiento del interesado y realizar las gestiones necesarias para su traslado a un centro de protección de menores, en tanto se encuentre pendiente el procedimiento iniciado ante el Comité de los Derechos del Niño.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de V.I. y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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